- Objetivo: reducir la siniestralidad
- Se unifica en todo el territorio DGT el umbral de tolerancia con el que actúan los radares, en 7 km/h para límites hasta 100 km/h y 7% para límites superiores, de modo que el conductor conocerá cual es la velocidad a partir de la cual cualquier radar denunciará
- Se publicarán en www.dgt.es los tramos de vías en las que se intensificará la vigilancia de la velocidad con radares móviles
- Los radares distinguirán qué tipo de vehículo ha cometido la infracción de velocidad, para así aplicar la sanción en función de la limitación de velocidad específica aplicable a cada uno
- En los próximos meses se instalarán 30 radares de tramo, mayoritariamente en vías convencionales, en sustitución de otros fijos instalados en otras vías
La Dirección General de Tráfico pone en
marcha una serie de medidas a adoptar sobre la gestión de la velocidad
con las que se persigue reducir la siniestralidad en la carretera,
principalmente en las vías convencionales.
La velocidad es uno
de los componentes fundamentales que determina la mayor o menor
incidencia en la siniestralidad vial, la gravedad y el grado de lesión
de las víctimas en caso de accidente, de ahí la importancia de controlar
de forma efectiva la velocidad a la que se circula, sobre todo en las
carreteras convencionales, donde el año pasado se registraron ocho de
cada diez fallecidos. Cerca de 900 personas fallecieron en este tipo de
vías (datos provisionales a 24 horas)
Por este motivo, Tráfico
lleva centrando su actuación desde hace meses en este tipo de carreteras
con medidas tales como la reubicación de radares a vías convencionales y
que antes estaban ubicados en autovías o autopistas o el Plan Integral
de Vigilancia que se puso en marcha en diciembre del pasado año y que
tan buenos resultados arrojó.
TOLERANCIA 7
Como primera medida se ha dictado una instrucción por la que se unifica
en todo el territorio competencia de la DGT, el umbral de tolerancia
con el que actúan los radares, de modo que independientemente de la zona
geográfica DGT por la que se circule, el conductor va a saber cuál es
la velocidad a partir de la cual cualquier radar va a sancionar.
Esta instrucción tiene como objetivos:
- Unificar el umbral de tolerancia para todos los radares de la DGT, tanto fijos como móviles.
- Evitar la posibilidad de que exista discriminación geográfica para el ciudadano, dependiendo del lugar en que se cometa la infracción. De modo que en todo el territorio en que la DGT tiene competencias, todos los radares operen manteniendo el mismo margen de tolerancia.
Dicho umbral de tolerancia va a ser de 7km/h, si la velocidad del
vehículo es inferior a 100 km/h y de 7% si la velocidad es superior a
dicha velocidad. El motivo de no aplicar a las velocidades inferiores a
100 km/h el porcentaje, sino el número concreto se debe a que a
velocidades bajas es difícil percibir la velocidad concreta a la que se
circula. Por ejemplo si se estableciera el 7% en una vía a la que se
tuviera que circular a 30km/h, el radar actuaría a 33 km/h, velocidad
difícil de percibir (30-33km/h) si el velocímetro del vehículo no es
digital. En cambio, aplicando el umbral de tolerancia de 7km/h el radar
actuaría a partir de los 38km/h, exceso más fácil de apreciar.
La razón de por qué se ha establecido el 7, tanto en porcentaje como en
cantidad, es porque los errores máximos permitidos de los radares de la
DGT se encuentran en una franja que va entre el 3%, los más nuevos, y el
7% de los más antiguos, de ahí que Tráfico haya considerado aplicar el
7% como el umbral de tolerancia más garantista y beneficioso para el
conductor.
Esta instrucción no modifica en ningún aspecto el
cuadro de sanciones y puntos a detraer por exceso de velocidad, recogido
en el anexo IV de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Así, las
unidades denunciantes ajustarán todos los cinemómetros, sean aquellos
situados en instalaciones fijas, sean aquellos móviles (en estático y/o
en dinámico) para captar infracciones siguiendo la siguiente tabla
unificada de velocidades de activación:
El cuadro anterior no se aplica para los procedimientos de medición de
velocidades en equipos embarcados en aeronaves, en que el sistema
utiliza otro método basado en realizar tres mediciones consecutivas de
tres segundos cada una.
RADARES VISIBLES
La idea es una modificación de los controles de velocidad para que sean
visibles, de corta duración, ubicados en múltiples emplazamientos y con
advertencia previa.
Siguiendo con la política de transparencia
en la gestión de la velocidad, cuyo objetivo final es que los
conductores respeten los límites de velocidad establecidos, la DGT
publicará periódicamente en www.dgt.es los 1.200 tramos de vías en las
que se intensificará la vigilancia de la velocidad con radares móviles.
Esta información la podrán consultar todos los conductores, así como los
proveedores de navegadores que podrán dirigirse a la web para incluir
en sus aplicaciones dichos tramos, de modo que se suma a la ya publicada
sobre la ubicación de los radares fijos que tiene la DGT.
Los
criterios de ubicación de estos radares móviles son el resultado de
analizar el número de accidentes graves, con víctimas mortales o heridos
que necesiten hospitalización; el número de accidentes en general y la
información de la velocidad media de circulación en esos tramos.
Además, los radares móviles serán visibles para los conductores, de
modo que su presencia sirva como medida de disuasión y prevención. La
finalidad que se busca a través de la vigilancia y control de la
velocidad es que los conductores respeten los límites de velocidad
establecidos en general, y en particular en aquellos tramos
identificados como potencialmente peligrosos. La denuncia no es, en
ningún caso, el objetivo final.
Respecto al control de la
velocidad, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ha recibido
instrucciones para que los radares móviles, salvaguardando la seguridad
de los agentes, sean visibles para los conductores, y que esa presencia
en las carreteras sirva como medida de disuasión y prevención.
RADARES QUE DISTINGUEN VEHÍCULOS
Dentro de este paquete de medidas, en los próximos meses se pondrá en
marcha un proyecto, en el que aplicando métodos informáticos, los
radares distinguirán qué tipo de vehículo ha cometido la infracción de
velocidad, para así aplicar la sanción en función de la limitación
específica aplicable a cada uno.
Los turismos y motocicletas
tienen unos límites de velocidad superiores a los de camiones, autobuses
y furgonetas. Hasta ahora, solo se sancionaba a estos últimos tipos de
vehículos si el exceso de velocidad cometido se situaba por encima del
límite aplicable a turismo y motos.
El Real Decreto 1428/2003, de 21 noviembre por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación establece:
Artículo 48.Velocidades máximas en vías fuera de poblado son:
1º En autopistas y autovías | Camiones, vehículos articulados, tractocamiones, furgones y automóviles con remolque de hasta 750 kilogramos | 90km/h. |
2º En carreteras convencionales | Camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque | 80km/h. |
3º En resto vías fuera de poblado | Camiones, tractocamiones, furgones, vehículos articulados y automóviles con remolque | 70km/h |
Artículo 50. Límites de velocidad en vías urbanas y travesías:
- La velocidad máxima que no deberán rebasar los vehículos en vías
urbanas y travesías se establece, con carácter general, en ………….. - Salvo para los vehículos que transporten mercancías peligrosas, que circularán como máximo a…………………………………………………… | 50km/h 40km/h |
ITV Y SEGURO OBLIGATORIO
Además, todas las infracciones captadas por los radares móviles en los
que no se produzca parada para la identificación del conductor, se
tramitarán en el centro Estrada, donde además de la infracción por
velocidad se comprobará si el vehículo infractor dispone de ITV en regla
y seguro obligatorio en vigor.
También, la DGT comunicará a la
Dirección General de Transporte Terrestre, del Ministerio de Fomento,
las sanciones cometidas por conductores profesionales reincidentes para
que realicen las investigaciones pertinentes, sobre la empresa para la
que trabajan.
OTRAS MEDIDAS
Además de
estas medidas, Tráfico tiene prevista la instalación de 30 radares de
tramo, mayoritariamente en vías convencionales en los próximos meses.
Estos radares sustituirán a otros fijos instalados en otras vías.
Actualmente, la DGT cuenta con 850 equipos de medición de la velocidad y
no existe previsión de ampliar esta cantidad.
Asimismo, la
Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil ha recibido instrucciones para
que sus agentes dediquen como norma general un tercio del tiempo de
sus jornadas a tareas de vigilancia genérica, otro tercio del tiempo a
la asistencia y auxilio a conductores en carretera y un tercio a
campañas concretas.
La realización de estas campañas conllevará la aplicación del Plan Integral de Vigilancia, puesto en marcha en diciembre del año pasado y en el que tras la detección de un vehículo con exceso de velocidad, los agentes le pararán para identificar al conductor, le realizarán la prueba de alcohol/drogas y se comprobará la documentación.