- Consejo de Ministros
- El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha presentado al Consejo de Ministros el Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil
- Esta nueva ley reforzará los mecanismos que potencien y mejoren el funcionamiento del Sistema Nacional de Protección de los ciudadanos ante emergencias y catástrofes y posibilitará el mejor cumplimiento de los compromisos asumidos en el ámbito internacional y de la Unión Europea
- La Escuela Nacional de Protección Civil, se encargará de entrenar y formar al personal de los servicios de protección civil de la Administración General del Estado y de otras instituciones públicas y privadas, entre otras actividades
El Consejo de Ministros ha aprobado, hoy
viernes, el Anteproyecto de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil
que ha presentado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz. Esta
nueva ley pretende reforzar los mecanismos que potencien y mejoren el
funcionamiento del sistema nacional de protección de los ciudadanos ante
emergencias y catástrofes, y posibilitar, al mismo tiempo, el mejor
cumplimiento de los compromisos asumidos en el ámbito internacional y de
la Unión Europea, con el fin de afrontar de la manera más rápida y
eficaz las situaciones de emergencia que puedan producirse, en beneficio
de los afectados y en cumplimiento del principio de solidaridad
interterritorial.
El nuevo texto viene a actualizar el
ordenamiento jurídico en una materia tan sensible para los ciudadanos
como es la protección civil. Y lo hace a la luz de la experiencia
adquirida desde la promulgación de la ley anterior Ley 2/1985, de 21 de enero, teniendo en cuenta el desarrollo de esta última por otras normas
estatales y de las Comunidades Autónomas, así como la legislación de la
Unión Europea y los compromisos asumidos por España en el marco de la
cooperación internacional. Todo ello, respetando las competencias
asumidas por las Comunidades Autónomas en sus vigentes Estatutos de
Autonomía y por las Entidades Locales.
Contenido de la nueva Ley
El texto consta de 49 artículos, estructurados en seis títulos.
Comienza con una definición de lo que se entiende por protección civil,
tal y como ha sido descrita por la jurisprudencia constitucional: "la
protección civil, como instrumento de la política de seguridad nacional,
es el servicio público que protege a las personas y bienes garantizando
una respuesta adecuada ante los distintos tipos de emergencias y
catástrofes originadas por causas naturales o derivadas de la acción
humana, sea ésta accidental o intencionada".
A continuación se
determina el objeto de la Ley, que no es otro que es establecer el
Sistema Nacional de Protección Civil como un instrumento esencial para
asegurar la coordinación, la cohesión y la eficacia de las políticas
públicas de protección civil, y regular las competencias de la
Administración General del Estado en la materia.
El Sistema
Nacional de Protección Civil integra la actuación de las
Administraciones Públicas para garantizar una respuesta coordinada y
eficiente, mediante:
- La prevención de riesgos colectivos
- La planificación de medios para afrontarlos
- La intervención inmediata en caso de emergencia
- El restablecimiento de infraestructuras y servicios esenciales
- El seguimiento y evaluación del Sistema para garantizar un funcionamiento eficaz y armónico
Se definen las diferentes fases de este Sistema, que son objeto de
desarrollo en el siguiente título: anticipación; prevención de riesgos;
planificación; respuesta inmediata; recuperación; y evaluación e
inspección (Ver presentación adjunta).
Los recursos humanos del Sistema Nacional de Protección Civil
Los poderes públicos promoverán la formación y el desarrollo de la
competencia técnica del personal en materia de protección civil. La
Escuela Nacional de Protección Civil, se encargará de entrenar y formar
al personal de los servicios de protección civil de la Administración
General del Estado y de otras instituciones públicas y privadas;
desarrollar acciones de I+D+i en materia de formación de protección
civil; colaborar en las actividades de formación que se prevean en el
marco del Mecanismo de Protección Civil de la Unión Europea o de otras
iniciativas europeas, e impartir la formación conducente a los títulos
oficiales de Formación Profesional y Certificados de Profesionalidad
relacionados con la protección civil, previa autorización de los
Ministerios de Educación, Cultura y Deporte y de Empleo y Seguridad
Social.
Competencias de los órganos de la Administración General de Estado
El anteproyecto de Ley enumera las actuales competencias en la materia
del Gobierno, del Ministro del Interior, de otros departamentos
ministeriales, de los Delegados del Gobierno, de la Unidad Militar de
Emergencias (UME) -su intervención se solicitará por el ministro del
Interior y ordenada por el Ministerio de Defensa-, así como la
participación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en las
acciones de protección civil, en los mismos términos que la legislación
vigente.
Cooperación y coordinación
Se
mantiene la Comisión Nacional de Protección Civil como órgano de
cooperación en esta materia de la Administración General del Estado, de
las administraciones de las comunidades autónomas, de las ciudades con
estatuto de autonomía y de la administración local, representada por la
Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) (la administración
local no tiene en la legislación vigente representación oficial,
asistiendo a las reuniones de manera informal).
Régimen sancionador
Se incorpora un régimen sancionador completo en esta materia, con el
listado de infracciones, que podrán ser muy graves, graves o leves, y
las consiguientes sanciones.
La cuantía de las sanciones es idéntica a la establecida en la vigente Ley de 1985:
- Infracciones muy graves: de 30.001 a 600.000 euros.
- Infracciones graves: de 1.501 a 30.000 euros.
- Infracciones leves: hasta 1.500 euros.
Impacto presupuestario
El impacto económico general de las emergencias y catástrofes en España
se puede estimar en unos 400 millones de euros anuales, según los datos
aportados por el Consorcio de Compensación de Seguros
España es un país que no sufre comparativamente grandes pérdidas económicas por causa de las emergencias y catástrofes, y ello es debido al efecto de las políticas preventivas que se llevan a cabo desde hace muchos años
La gestión racional de los riesgos de emergencias y catástrofes que
establece esta Ley contribuirá a la innovación permanente, lo que
redundará en un mejor aprovechamiento de los recursos públicos y
privados