martes, 11 de noviembre de 2014

Medio Ambiente regula la figura de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana ...


  • Los interesados deberán acreditar su habilitación como guarda rural en su especialidad de caza y pasar un curso de capacitación cinegética 
  • El decreto regula, también los requisitos para habilitar a aquellos que quieran realizar el control de predadores de especies cinegéticas

La conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente ha regulado la figura de Guarda Jurado de Caza en la Comunitat que será otorgado por la dirección general con competencias en materia de caza a aquellas personas que lo soliciten y acrediten que cumplen los requisitos establecidos, según se recoge en el decreto publicado hoy en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana.

El primer requisito para poder obtener el título de guarda jurado de caza en la Comunitat Valenciana es estar en posesión de la habilitación de guarda rural en su especialidad de guarda de caza según lo establecido en la Ley de Seguridad Privada y, además, disponer de un certificado de aprovechamiento de un curso de capacitación cinegética expedido por una entidad homologada por la Conselleria.

Y es que, desde el Consell, se considera que es igualmente importante la formación en materia de vigilancia en el campo y adecuado proceder ante hechos o personas presentes en él, fundamental para obtener la habilitación como guarda rural, como la adquisición de conocimientos en materia de caza y fauna propia de la Comunitat Valenciana.

Para obtener estos conocimientos se deberán superar un curso que constará de un mínimo de 40 horas y se abordarán materias como el medio natural en la Comunitat Valenciana, la sanidad en las especies cinegéticas y perros, se explicarán cómo llevar a cabo mejoras de hábitat, repoblaciones, medidas de reducción de la presión cinegética, cómo organizar cacerías o la normativa autonómica en materia de caza, prevención de incendios.

Igualmente en estos cursos, que serán impartidos por las entidades homologadas por la Dirección general con competencias en caza, se repasarán los trámites y notificaciones que deben realizar los titulares de los cotos. Además, se explicará cómo formular las denuncias, modelos y procedimientos administrativos o las armas de caza, entre otras materias.

Asimismo, el nuevo decreto también regula que toda persona que quiera renovar la acreditación del título de guarda, que tiene una validez de cinco años, deberá realizar con carácter previo un curso de reciclaje de un mínimo de ocho horas en una entidad acreditada.

Todas aquellas personas que hayan obtenido la acreditación como guarda jurado de caza quedarán inscritos en el registro de guardas jurados de caza en el que se establecerá los espacios cinegéticos en los que presta su servicio como tal. Los titulares de los espacios cinegéticos estarán obligados a notificar cualquier contratación, rescisión del contrato, encargo o revocación relacionada con el guarda.

Los guardas jurados de caza serán los encargados de vigilar la actividad cinegética exclusivamente en los espacios cinegéticos en los que presta su servicio en los que harán cumplir la vigente legislación en la materia y denunciarán cuantas infracciones comprueben. Además pueden informar y tratar de evitar las posibles infracciones, informar de los daños a la agricultura y a la fauna, realizar controles de poblaciones por motivos de gestión e informar sobre capturas o precintar piezas de caza, examinarlas y tomar muestras, entre otras funciones.

Según el decreto, los guardas jurados de caza de la Comunitat Valenciana tienen la condición de agentes auxiliares de la autoridad y colaborarán con los agentes, cuerpos e instituciones de la administración que tengan encomendadas funciones de custodia de los recursos naturales cinegéticos.
Habilitación para el control de predadores
El decreto aprobado por el Consell regula, a su vez, la habilitación para el control de predadores de especies cinegéticas, así como los métodos de captura. Hoy en día, una tarea común en la gestión cinegética es la realización de controles de predadores, es decir, aquellas especies como el zorro o la urraca que pueden cazarse y que mata o hiere a otras especies. Pero esta tarea requiere de personas formadas que tengan un conocimiento técnico y administrativo para poder ejercitarlos.

De ahí, la regulación para poder obtener esta habilitación. Así, las personas interesadas en obtener la habilitación para la realización del control de predadores de especies cinegéticas mediante trampas de retención y métodos homologados deberán presentar una solicitud ante la dirección territorial acreditando que cumplen una serie de requisitos como el de disponer un certificado de aprovechamiento de un curso de capacitación para la obtención de este título de al menos 40 horas.

En estos cursos se hará especial incidencia en el material de captura homologados, la identificación de trampas, las especies predadoras, la ecología de la predación, la legislación y normativa que se aplica o la manipulación de los animales capturados, entre otros.

Se establecerá un registro de habilitados para el control de predadores y de sus trampas, la persona habilitada deberá llevar un libro de registro con todos los datos de las capturas que estará a disposición de los agentes de la autoridad. En el primer semestre de cada año, las personas autorizadas deberán remitir los datos de capturas correspondientes al año anterior. Igualmente los elementos de captura deberán disponer de varios precintos para estar identificados en todo momento.

Por último, la orden establece como métodos de captura homologados autorizables al lazo propulsado tipo Collarum, lazo con tope y cierre libre en alar, lazo tipo Wisconsin en alar, lazo tipo Wisconsin al paso, todos ellos para zorros y la caja trampa metálica para urracas.

Este decreto deroga el Decreto 196/1993 por el que se regula la figura de los guardas jurados de caza.