- No se podrán quemar márgenes de cultivo o restos forestales en terrenos forestales o con una proximidad menor a 500 metros
La Conselleria de Gobernación y Justicia ha ampliado el periodo de la
prohibición para realizar quemas agrícolas hasta el 15 de octubre (antes
fijado en el 30 de septiembre) en aras a conseguir una mayor prevención
de los incendios forestales en la superficie arbórea de la Comunitat,
según publica hoy el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).
Cabe recordar que el inicio de la prohibición de las quemas agrícolas se
inició el pasado 15 de mayo coincidiendo con el inicio de la Campaña de
Prevención y Extinción de Incendios Forestales de este verano.
En este sentido, hasta el 15 de octubre, no se pueden quemar márgenes de cultivo o restos agrícolas o forestales, cañares, carrizales o matorrales, ligados a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo, en terrenos forestales, colindantes o con una proximidad menor a 500 metros de aquéllos.
Además, la resolución que hoy publica el DOCV restringe las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quemas y autorizaciones. De este modo, se dejan en suspenso hasta el 15 de octubre, todas las acciones o actividades contempladas en los planes locales de quemas o en las autorizaciones nominativas que contradigan lo establecido en la presente resolución, salvo aquellas contempladas en los planes locales de quema con regulación especial para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, que se podrán realizar durante la primera quincena de octubre siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial.
Con carácter extraordinario, y únicamente por razones fitosanitarias u otros motivos de urgencia debidamente justificados se podrán autorizar quemas durante el período anterior, siempre que exista resolución previa de la Dirección General competente en prevención de incendios forestales.
El ampliar la prohibición de las quemas agrícolas es una medida adoptada atendiendo al extraordinario periodo de sequía en el que nos encontramos, con el fin de conseguir una mayor prevención de los cincendios foresetales en los montes y terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.
Cabe recordar, que cada año, en más del 80% de los incendios forestales registrados en la Comunitat Valenciana estaba detrás la mano del hombre, ya que o bien fueron provocados o bien se produjeron por negligencias pero todos ellos evitables, por lo que desde la Generalitat se hace un llamamiento a la prudencia de los ciudadanos, al respeto de la normativa y al seguimiento de los consejos que desde el Centro de Coordinación de Emergencias se comunican a la sociedad para evitar incendios forestales derivados de negligencias.
En este sentido, hasta el 15 de octubre, no se pueden quemar márgenes de cultivo o restos agrícolas o forestales, cañares, carrizales o matorrales, ligados a algún tipo de aprovechamiento ganadero, cinegético o de cualquier otro tipo, en terrenos forestales, colindantes o con una proximidad menor a 500 metros de aquéllos.
Además, la resolución que hoy publica el DOCV restringe las acciones o actividades recogidas en los planes locales de quemas y autorizaciones. De este modo, se dejan en suspenso hasta el 15 de octubre, todas las acciones o actividades contempladas en los planes locales de quemas o en las autorizaciones nominativas que contradigan lo establecido en la presente resolución, salvo aquellas contempladas en los planes locales de quema con regulación especial para el período comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, que se podrán realizar durante la primera quincena de octubre siempre que se ajusten a los requisitos establecidos para la citada regulación especial.
Con carácter extraordinario, y únicamente por razones fitosanitarias u otros motivos de urgencia debidamente justificados se podrán autorizar quemas durante el período anterior, siempre que exista resolución previa de la Dirección General competente en prevención de incendios forestales.
El ampliar la prohibición de las quemas agrícolas es una medida adoptada atendiendo al extraordinario periodo de sequía en el que nos encontramos, con el fin de conseguir una mayor prevención de los cincendios foresetales en los montes y terrenos forestales de la Comunitat Valenciana.
Cabe recordar, que cada año, en más del 80% de los incendios forestales registrados en la Comunitat Valenciana estaba detrás la mano del hombre, ya que o bien fueron provocados o bien se produjeron por negligencias pero todos ellos evitables, por lo que desde la Generalitat se hace un llamamiento a la prudencia de los ciudadanos, al respeto de la normativa y al seguimiento de los consejos que desde el Centro de Coordinación de Emergencias se comunican a la sociedad para evitar incendios forestales derivados de negligencias.