- En las festividades del 9 d'Octubre, Nochebuena y Reyes de 2015 el horario de cierre también se amplía en 60 minutos
- La ampliación del horario por los ayuntamientos para la celebración de fiestas locales o patronales pasa a tener una regulación más limitada
El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy la Orden 15/2014 por la que se regulan los horarios de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en la Comunitat para 2015.
La novedad principal de la Orden consiste en que se incorpora la ampliación del horario en 60 minutos para la víspera del 1 de noviembre, una fecha conocida popularmente como 'Noche de Halloween', que viene a añadirse a las ampliaciones de Nochebuena, Reyes y víspera del 9 d'Octubre, ya establecidas en este sentido en el año 2014. Mientras, que en Nochevieja/Año Nuevo se mantienen los 90 minutos más de apertura.
Por otro lado, destaca que la ampliación del horario por los ayuntamientos, con motivo de fiestas locales o patronales o para días festivos puntuales, pasa a tener una regulación más limitada para evitar que, una interpretación no adecuada y excesivamente extensiva del artículo 11, pueda ocasionar un incremento y una sucesión de molestias y perjuicios a los vecinos cualquiera que sea el tipo de celebración que se considere.
Asimismo, el horario de los establecimientos que se ubiquen en dominio público marítimo terrestre, incluso el situado en la zona portuaria, cuyas actividades sean las hosteleras y de restauración, tendrán un horario fijado entre las 10 de la mañana y las 3 de la madrugada.
Respecto a los locales que hayan obtenido autorización para la celebración de sesiones especiales dirigidas a menores de edad podrán iniciar la actividad o espectáculo a partir de las 17 horas. En todo caso, deberán finalizar antes de las 22 horas del mismo día.
La novedad principal de la Orden consiste en que se incorpora la ampliación del horario en 60 minutos para la víspera del 1 de noviembre, una fecha conocida popularmente como 'Noche de Halloween', que viene a añadirse a las ampliaciones de Nochebuena, Reyes y víspera del 9 d'Octubre, ya establecidas en este sentido en el año 2014. Mientras, que en Nochevieja/Año Nuevo se mantienen los 90 minutos más de apertura.
Por otro lado, destaca que la ampliación del horario por los ayuntamientos, con motivo de fiestas locales o patronales o para días festivos puntuales, pasa a tener una regulación más limitada para evitar que, una interpretación no adecuada y excesivamente extensiva del artículo 11, pueda ocasionar un incremento y una sucesión de molestias y perjuicios a los vecinos cualquiera que sea el tipo de celebración que se considere.
Asimismo, el horario de los establecimientos que se ubiquen en dominio público marítimo terrestre, incluso el situado en la zona portuaria, cuyas actividades sean las hosteleras y de restauración, tendrán un horario fijado entre las 10 de la mañana y las 3 de la madrugada.
Respecto a los locales que hayan obtenido autorización para la celebración de sesiones especiales dirigidas a menores de edad podrán iniciar la actividad o espectáculo a partir de las 17 horas. En todo caso, deberán finalizar antes de las 22 horas del mismo día.
ORDEN DE HORARIOS PARA 2015
- Grupo A.Apertura: 10:00 horas.Cierre: después de la terminación de la última sesión, que como máximo empezará a las 01:05 horas.- Grupo B.Espectáculos cinematográficosTeatros.Auditorios.Salas Multifuncionales.Espectáculos circenses.Apertura: 12:00 horas. Cierre: 03:30 horas.- Grupo C.Cafés-teatro.Cafés-concierto.Cafés-cantante.Pubs y karaokes.Salas de exhibiciones especiales.Apertura: 08:00 horas. Cierre: 01:00 horas.- Grupo D.Salones recreativos de máquinas de azar, tipo B.Salones recreativos de máquinas de azar, tipo A.Apertura: 09:00 horas. Cierre: 01:00 horas.- Grupo E.Espectáculos taurinos.Salas de conferencia.Museos y salas de exposiciones.Tentaderos.Instalaciones deportivas.Pistas de patinaje.Parques de atracciones.Parques temáticos.Establecimientos de juego de estrategias con armas simuladas.Apertura: 09:00 horas. Cierre: 24:00 horas.- Grupo F.Parques acuáticos.Ludotecas.Apertura: 10:00 horas. Cierre: 24:00 horas.- Grupo G.Escuelas taurinas.Salones ciber y similares.Apertura: 10:00 horas. Cierre: 01:00 horas.- Grupo H.Campos de deporte y estadios.Actividades recreativas (boleras y billares).Apertura: 07:00 horas. Cierre: 01:00 horas.- Grupo I.Pabellones deportivos.Gimnasios.Piscinas deportivas.Piscinas de recreo o polivalentes.Apertura: 17:00 horas. Cierre: 07:30 horas.- Grupo J.Salas de fiesta.Discotecas.Salas de baile.Apertura: 06:00 horas. Cierre: 01:30 horas.- Grupo K.Ciber café.Restaurantes.Café, bar.Cafeterías.Apertura: 08:00 horas. Cierre: 03:00 horas.- Grupo L.Restaurantes y Cafés, Bar y Cafeterías ubicadas en establecimientos considerados como tiendas de conveniencia de acuerdo con la regulación actual vigenteApertura: 10:00 horas. Cierre: 03:30 horas.- Grupo M.Salones de banquetes.Apertura: 09:00 horas. Cierre: 22:00 horas.- Grupo N.Zoológicos.Acuarios.Safari-park.Apertura: 09:00 horas. Cierre: 02:30 horas.- Grupo O.Salas polivalentes.Apertura: 12:00 horas. Cierre: 02:30 horas.Salón-lounge.