- Permiso de conducción único europeo
- Esta obligación es únicamente para quienes tienen un permiso de conducción de la UE con vigencia indefinida o superior a 15 años
- Los permisos comunitarios son válidos para conducir en todo el territorio de la UE
Los residentes comunitarios con residencia legal en España obtenida
el 19 de enero de 2013 o anterior a esta fecha y que sean titulares de
un permiso de conducción comunitario indefinido o con un plazo de
vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (AM, A1, A2, A, B y
BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP, C1,
C1E, C, CE D1, D1E, D, DE) deberán renovar su permiso de conducción a
partir del próximo 19 de enero de 2015.
También deberán
renovarlo aquellos residentes legales titulares de permisos comunitarios
que tengan su permiso caducado o próximo a caducar.
Esta
obligación se debe al cumplimiento de la Directiva Comunitaria 2006/126/CE y su transposición al Reglamento General de Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo) como un elemento indispensable de la política
común de transportes que contribuye a aumentar la seguridad de la
circulación vial.
Desde el año 2013, todos los países de la
Unión Europea tienen un permiso de conducción único para los 28 estados
miembros, permiso que ha sustituido a los más de 110 tipos de permisos
de conducción que existían hace años y que son válidos para conducir en
todos los países de la Unión.
PASOS PARA LA RENOVACIÓN
Para renovar el permiso de conducir, los residentes legales que sean
titulares de un permiso de conducción obtenido en su país y que lleven
dos años o más en España lo primero que deberán solicitar para proceder a
la renovación es solicitar cita previa. Esta cita se puede obtener
acudiendo a cualquier Jefatura Provincial u oficina local de Tráfico,
llamando al 060 o a través de la página web de la DGT.
Una vez sean citados, deberán aportar la siguiente documentación:
- Solicitud en impreso oficial que se facilita en las Jefaturas de Tráfico y en la web de la DGT.
- La acreditación de identidad y residencia (Documento Nacional de Identidad o NIE o pasaporte en vigor) y cualquier otro medio de prueba que se solicite por la Jefatura de Tráfico, para acreditar la residencia.
- Permiso de conducción comunitario, tanto original como fotocopia.
- Informe de Aptitud psicofísica emitida por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
- Una fotografía reciente de 32x 26mm
- Talón foto que se facilita en las Jefaturas de Tráfico, cumplimentado y firmado dentro del recuadro correspondiente.
- Pago de 23,50 en concepto de tasa.