sábado, 30 de noviembre de 2013

Itv Turismos Quesa ...

http://www.circuitv.com/cita-previa/dia_cita.php?estacion=movil1&mes=12


Documentación necesaria para la Inspección:

Permiso de Circulación y Ficha Técnica del Vehículo.
Recibo del Seguro Obligatorio.
SE REQUERIRÁ TENER EL SEGURO OBLIGATORIO EN VIGOR
PARA PASAR LA INSPECCIÓN
(Ley 18/2009)

TARIFAS

PERIOCIDADES Y CADUCIDAD

MANUAL Procedimiento de Inspección de Estaciones de ITV

Bandos ...

BANDO de 30 de Noviembre de 2013

Se comunica que, el Domingo día 1 de Diciembre, de 8 a 14 horas, ubicado en el Polígono de Chella, junto a la carretera que une poblaciones de Bolbaite y Chella, estará el MERCADILLO LA CANAL, donde habrá a la venta todo tipo de artículos de Comercios, Agricultores y Particulares de la comarca.

La POLICÍA LOCAL informa que, los días 23, 26 y 27 de Diciembre, en Quesa, habrá una Unidad Móvil para pasar Inspección Técnica (Itv) a vehículos. Todas aquellas personas interesadas, que pasen por dependencias de la Policía Local para apuntarse o lo hagan directamente desde la página web (http://policialocalquesa.blogspot.com) de la Policía Local. Las plazas son limitadas.

El Barrio La Fuente – Los Pisos informa que, desde mañana, todos los Domingos, a las 18 horas, en el Salón de Actos del Ayto; habrá BINGO y MERIENDA a beneficio de las Fiestas Patronales.

El Ayto; informa a todas aquellas personas que deseen cortar pinos, para la Hoguera, en la Festividad de San Antón, que deben ponerse en contacto con la Policía Local.

viernes, 29 de noviembre de 2013

Aprobado el nuevo texto normativo del anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana ...


http://www.interior.gob.es/file/65/65379/65379.pdf
  • Consejo de Ministros
  • El ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, ha presentado al Consejo de Ministros el borrador del anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana.
  • El anteproyecto de Ley es oportuno, conveniente y necesario porque va en consonancia con la actual reforma del Código Penal, por la existencia de abundante jurisprudencia que ha configurado un sistema más garantista y por la constatación de los cambios en nuestra sociedad en estos últimos 22 años.
  • Se trata de un texto firmemente comprometido con los derechos fundamentales y libertades que el ordenamiento jurídico reconoce a los ciudadanos para que la violencia y el vandalismo tengan una respuesta legal.
  • El nuevo texto distingue entre infracciones leves, graves y muy graves con multas de 100 a 1.000 euros para las leves, de 1.001 a 30.000 euros las graves y de 30.001 a 600.000 euros para las infracciones muy graves.

Anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana
(Ver presentación)
(Ver nota de prensa)
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy viernes el borrador del anteproyecto de Ley para la Protección de la Seguridad Ciudadana que ha presentado el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.

El anteproyecto no parte de la crítica hacia la Ley vigente de 1992 sino de la constatación de que, 22 años después de su aprobación, es aconsejable una nueva regulación en materia de seguridad ciudadana. Además, la nueva Ley de Seguridad Ciudadana será la consecuencia de una iniciativa despenalizadora del Gobierno, al tiempo que recibe el impulso directo del Congreso de los Diputados tras aprobarse la Moción en la que se instaba al Gobierno a reformar esta normativa.

En este contexto, el nuevo anteproyecto presenta una estructura más racional, mejora la técnica normativa, incorpora un primer capítulo de disposiciones generales que constituye un marco general de actuación de los poderes públicos así como de las garantías de los ciudadanos en el ejercicio de dichas potestades.

Esta iniciativa legislativa es oportuna, conveniente y necesaria porque va en consonancia con la actual reforma del Código Penal, por la existencia de abundante jurisprudencia que ha configurado un sistema más garantista y por la constatación de los cambios en nuestra sociedad en estos últimos 22 años.

El espíritu del borrador del anteproyecto de Ley aprobado hoy es garantizar y mejorar la convivencia de todos los españoles y está basado en el principio de proporcionalidad en su triple dimensión: idoneidad, necesidad y proporcionalidad. Se trata de un texto firmemente comprometido con los derechos fundamentales y libertades que el ordenamiento jurídico reconoce a los ciudadanos para que la violencia y el vandalismo tengan una respuesta legal.

El anteproyecto se estructura en cinco capítulos (55 artículos frente a 39 de la Ley de 1992), tres disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y cuatro disposiciones finales. En el nuevo texto se regulan las obligaciones de documentación e identificación personal; las actuaciones para el mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana; las potestades especiales de policía administrativa de la seguridad, y el régimen sancionador.

En su articulado, se distingue entre infracciones muy graves, graves y leves, de acuerdo con la sistemática propia del Derecho administrativo sancionador. La Ley de 1992 sólo diferencia entre infracciones graves y leves, pero establece una cláusula general que, cuando se da, permite calificar como muy graves algunas infracciones definidas como graves. Frente a ello, la nueva regulación es más clara y reduce el margen de discrecionalidad con definiciones más precisas que contribuyen a mejorar la seguridad jurídica. De hecho, el nuevo texto contiene 7 infracciones muy graves, tres menos de las que recoge la Ley vigente de 1992. Asimismo, en el resto de los apartados, habrá 31 infracciones graves y 20 leves. Por tanto, en ningún caso se trata de sancionar más, sino de sancionar mejor y con más garantías.

Régimen sancionador

En sintonía con el proyecto de Código Penal que se está tramitando en el Congreso de los Diputados y en el que desaparecen las faltas -ya que algunas se convierten en delitos leves y otras quedan fuera del ámbito de las infracciones penales-, el nuevo anteproyecto de Ley recoge algunas de las antiguas faltas que reciben ahora la calificación de infracciones administrativas. De este modo, ciertos comportamientos dejan de ser sancionables en el ámbito penal y pasan a serlo en el ámbito administrativo.

Además, se regula el régimen de sujetos responsables con la novedad de concretar quiénes podrán ser considerados como responsables solidarios (titulares de establecimientos, promotores de espectáculos y actividades recreativas, organizadores de eventos deportivos, convocantes de manifestaciones, etc.) y con la incorporación de la responsabilidad solidaria de los padres, tutores o guardadores legales o de hecho por los daños ocasionados por las infracciones que cometan los menores de edad (responsabilidad civil), a petición del Defensor del Pueblo.

Por otra parte, el nuevo texto amplía de seis meses a un año el plazo de caducidad de los expedientes sancionadores. Con ello, se consigue una mejor instrucción de los expedientes y recoge una petición reiterada de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. El nuevo texto castigará como infracción leve la mera no comunicación de la manifestación y elevará a infracción grave dicha situación cuando exista adicionalmente uso de la violencia o de la alteración de la seguridad ciudadana.

Otro de los aspectos novedosos del anteproyecto de Ley es que regula el valor probatorio del DNI y del Pasaporte y establece los deberes de los titulares de estos documentos, incorporando la posibilidad de firma electrónica de los mismos, y manteniendo la exigencia de exhibirlos a requerimiento de los agentes de la autoridad, y la obligación de permitir la comprobación y verificar su autenticidad.

Infracciones muy graves

  • La perturbación muy grave de la seguridad ciudadana no constitutiva de delito en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones numerosas (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La convocatoria por cualquier medio o asistencia a cualquier reunión o manifestación, con finalidad coactiva e inobservancia de los requisitos previstos en la Ley orgánica 9/1983, de 15 de julio, desde que, conforme a la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, haya finalizado la campaña electoral hasta la finalización del día de la elección (Nuevo).
  • Las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas conforme a la Ley 8/2011, de 28 de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las infraestructuras críticas, o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los recintos de éstas, incluyendo su sobrevuelo, y la interferencia ilícita u obstrucción en su funcionamiento, siempre que llevasen aparejado un riesgo para las personas o un perjuicio para su funcionamiento (Nuevo).
  • La fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, adquisición, enajenación, tenencia o utilización de armas prohibidas o explosivos no catalogados (Procede de la Ley de 1992).
  • La celebración de espectáculos públicos o actividades recreativas quebrantando la prohibición o suspensión ordenada por la autoridad correspondiente por razones de seguridad pública (Procede de la Ley de 1992).
  • La proyección de dispositivos luminosos sobre medios de transporte que puedan provocar accidentes (Nuevo).
  • La comisión de tres infracciones graves en el plazo de dos años (Nuevo).

Infracciones graves

  • La perturbación grave de la seguridad ciudadana en actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios religiosos u otras reuniones numerosas, cuando no sean constitutivas de delito o de infracción muy grave. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La participación en alteraciones de la seguridad ciudadana usando capuchas, cascos o cualquier otro tipo de prenda u objeto que cubra el rostro, impidiendo o dificultando la identificación. (Nuevo).
  • La perturbación de la seguridad ciudadana que se produzca con ocasión de reuniones frente a las sedes del Congreso de los diputados, el Senado y las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas, aunque no estuvieran reunidos, celebradas con inobservancia de los requisitos previstos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio. (Nuevo).
  • Causar desórdenes graves en las vías, espacios o establecimientos públicos, así como la provocación de incendios en la vía pública cuando representen un peligro para las personas o bienes u ocasionen una alteración de la seguridad ciudadana, cuando tales conductas no sean constitutivas de delito. (Procede de la Ley de 1992).
  • Los actos de obstrucción que pretendan impedir a cualquier autoridad, empleado público o corporación oficial el ejercicio legítimo de sus funciones, el cumplimiento o la ejecución de acuerdos o resoluciones administrativas o judiciales, siempre que se produzcan al margen de los procedimientos legalmente establecidos y no sean constitutivos de delito. Cuando una infracción de igual contenido esté tipificada en una normativa específica, será de aplicación preferente esta última. (Nuevo).
  • Las acciones y omisiones que obstaculicen gravemente la actuación de los servicios de emergencia en el desempeño de sus funciones. (Nuevo).
  • La desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La perturbación del orden en un acto de campaña electoral, administración electoral, votación, escrutinio y recuento de votos  no constitutiva de infracción penal o administrativa de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio. (Nuevo).
  • La celebración de reuniones o manifestaciones en lugares de tránsito público o de manifestaciones, portando armas u objetos contundentes susceptibles de causar daño, siempre que tales conductas no sean constitutivas de delito, así como la negativa a la disolución de las manifestaciones y reuniones en lugares de tránsito público ordenada por la autoridad competente, cuando concurran los supuestos del artículo 5 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio. (Procede de la Ley de 1992).
  • Las reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan la consideración de infraestructuras críticas conforme a la Ley 8/2011, de 28 de abril, o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los recintos de éstas, incluyendo su sobrevuelo, y la interferencia ilícita u obstrucción en su funcionamiento. (Nuevo).
  • Portar, exhibir o usar armas de modo negligente o temerario o fuera de los lugares habilitados para su uso. (Nuevo).
  • Las ofensas o ultrajes a España, a las Comunidades Autónomas y Entidades Locales o a sus instituciones, símbolos, himnos o emblemas, efectuadas por cualquier medio, cuando no sean constitutivos de delito. (Nuevo).
  • El ofrecimiento, solicitud, negociación o aceptación de servicios sexuales retribuidos en zonas de tránsito público en las proximidades de lugares destinados a su uso por menores, como centros educativos, parques infantiles o espacios de ocio accesibles a menores de edad, o cuando estas conductas, por el lugar en que se realicen, puedan generar un riesgo para la seguridad vial. Esta conducta no será sancionada en caso de que la persona infractora sea víctima de trata de seres humanos y dicho extremo quede acreditado de acuerdo con la legislación de extranjería. (Nuevo).
  • La fabricación, reparación, almacenamiento, circulación, comercio, transporte, distribución, adquisición, enajenación, tenencia o utilización de armas reglamentarias, explosivos catalogados, cartuchería o artículos pirotécnicos, careciendo de la documentación o autorización requeridas o excediendo los límites autorizados, cuando tales conductas no sean constitutivas de delito, así como la omisión, insuficiencia o falta de eficacia de las medidas de seguridad o precauciones que resulten obligatorias. (Procede de la Ley de 1992).
  • La negativa de acceso o la obstrucción deliberada  de las inspecciones o controles reglamentarios, establecidos conforme a lo dispuesto en esta ley, en fábricas, locales, establecimientos, embarcaciones y aeronaves. (Procede de la Ley de 1992).
  • Las manifestaciones públicas, escritas o verbales, efectuadas a través de cualquier medio de difusión, así como el uso de banderas, símbolos o emblemas con la finalidad de incitar a  comportamientos de alteración de la seguridad ciudadana, violentos, delictivos o que inciten, promuevan, ensalcen o justifiquen el odio, el terrorismo, la xenofobia, el racismo, la violencia contra la mujer, o cualquier forma de discriminación, siempre que no sean constitutivas de delito. (Nuevo).
  • El uso público de uniformes, insignias o condecoraciones oficiales, o réplicas de los mismos, así como otros elementos del equipamiento de los cuerpos policiales o de los servicios de emergencia sin estar autorizado para ello, cuando no sea constitutivo de delito. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La falta de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la averiguación de delitos o en la prevención de acciones que puedan poner en riesgo la seguridad ciudadana en los supuestos previstos en el artículo 7. (Nuevo).
  • La realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la indemnidad sexual de los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, cuando no constituya delito. (Nuevo).
  • El consumo o la tenencia ilícitos de drogas tóxicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas, aunque no estuvieran destinadas al tráfico, en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos, así como el abandono de los instrumentos u otros efectos empleados para ello en los citados lugares y la tolerancia de dicho consumo en locales o establecimientos públicos por parte de los propietarios, administradores o encargados de los mismos. (Procede de la Ley de 1992).
  • El consumo de bebidas alcohólicas en lugares, vías, establecimientos o transportes públicos cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana. (Nuevo).
  • El traslado de personas, con cualquier tipo de vehículo, con el objeto de facilitar a éstas el acceso a drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, siempre que no constituya delito. (Nuevo).
  • La ejecución de actos de plantación y cultivo ilícitos de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, no constitutivos de delito. (Nuevo).
  • Forzar o inducir a otros, especialmente a menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, mediante el empleo de la violencia física, intimidación o engaño, al consumo o a la tenencia ilícitas de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas cuando no sea constitutivo de delito. (Nuevo).
  • La carencia de los registros previstos en esta ley para las actividades con trascendencia para la seguridad ciudadana. (Procede de la Ley de 1992).
  • La alegación de datos o circunstancias falsos para la obtención de las documentaciones previstas en esta ley, siempre que no constituya delito. (Nuevo).
  • Los daños o el deslucimiento grave de bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público, tales como señales de circulación, farolas, marquesinas, papeleras y demás mobiliario urbano, cuando no constituyan infracción penal, así como la obstaculización de la vía pública con mobiliario urbano, vehículos, contenedores, neumáticos u otros objetos idóneos con la finalidad de perturbar gravemente la seguridad ciudadana. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • El incumplimiento de las restricciones a la navegación reglamentariamente impuestas a las embarcaciones de alta velocidad y aeronaves ligeras. (Procede de la Ley de 1992).
  • El escalamiento de edificios de organismos o instituciones públicas o de interés histórico-artístico sin la debida autorización y la precipitación o lanzamiento desde los mismos, sin la debida autorización. (Nuevo).
  • Dejar sueltos o en condiciones de causar daños animales feroces o dañinos cuando no constituya delito, así como maltratar cruelmente o abandonar en condiciones en que pueda peligrar su vida a los animales domésticos, o maltratar animales en espectáculos no autorizados legalmente, cuando no constituya delito. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La comisión de tres infracciones leves en el plazo de dos años. (Procede de la Ley de 1992).

Infracciones leves

  • La celebración de reuniones en lugares de tránsito público o de manifestaciones incumpliendo lo preceptuado en los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio. (Procede de la Ley de 1992).
  • La exhibición de objetos peligrosos para la vida e integridad física de las personas con ánimo intimidatorio, siempre que no constituya delito o infracción grave. (Procede de la Ley de 1992).
  • El incumplimiento de las restricciones de circulación peatonal o itinerario con ocasión de un acto público, reunión o manifestación, cuando provoquen alteraciones menores en el normal desarrollo de los mismos. (Nuevo).
  • Las amenazas, coacciones, injurias o vejaciones que se realicen en una reunión o concentración cuando el destinatario sea un miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como el uso de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad que atente contra su derecho al honor, a la intimidad o a la propia imagen, pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de la operación, sin menoscabo, en todo caso, del derecho constitucional a la información, cuando estas conductas no sean constitutivas de delito. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • Las amenazas, coacciones, injurias o vejaciones realizadas en vías públicas y espacios abiertos al público que produzcan alteraciones del orden público, siempre que  no sean constitutivas de delito. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • Las manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión cuya finalidad sean las injurias o calumnias a las instituciones públicas, autoridades, agentes de la autoridad o empleados públicos , cuando no constituyan delito, así como la falta de respeto y de la consideración debida a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones. (Nuevo + Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La realización o incitación a la realización de actos que atenten contra la libertad e indemnidad sexual, o ejecutar actos de exhibición obscena cuando no constituya delito. (Nuevo).
  • La proyección de dispositivos luminosos sobre miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir o dificultar el ejercicio de sus funciones. (Nuevo).
  • La ocupación de cualquier espacio común, público o privado, fuera de los casos permitidos por la ley o contra la decisión adoptada en aplicación de aquélla por la autoridad competente, o la permanencia en él contra la voluntad de su propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo, cuando no sean constitutivas de delito. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La omisión o la insuficiencia de medidas para garantizar la conservación de la documentación de armas y explosivos, así como la falta de denuncia de la pérdida o sustracción de la misma. (Procede de la Ley de 1992).
  • Las irregularidades en la cumplimentación de los registros previstos en esta Ley con trascendencia para la seguridad ciudadana, incluyendo la alegación de datos o circunstancias falsos o la omisión de comunicaciones obligatorias dentro de los plazos establecidos, siempre que no constituya delito. (Procede de la Ley de 1992).
  • El incumplimiento de la obligación de obtener la documentación personal legalmente exigida, así como la omisión negligente  de la denuncia de su sustracción o extravío. (Procede de la Ley de 1992).
  • La tercera y posteriores pérdidas o extravíos y sucesiva petición de expedición de documentación personal en un plazo de cinco años. (Nuevo).
  • La negativa a entregar la documentación personal cuando se hubiese acordado su retirada o retención. (Procede de la Ley de 1992).
  • El deslucimiento leve de bienes muebles o inmuebles de uso o servicio público, tales como señales de circulación, farolas, marquesinas, papeleras y demás mobiliario urbano, así como de bienes muebles o inmuebles privados en la vía pública. (Procede despenalización de faltas del Código Penal).
  • La colocación no autorizada en la vía pública de elementos o estructuras no fijas, como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o desmontables u objetos análogos. (Nuevo).
  • La práctica de juegos o de actividades deportivas en espacios públicos no habilitados para ello, cuando exista un riesgo de que se ocasionen daños a las personas o a los bienes, o se impida o dificulte la estancia y el paso de las personas o la circulación de los vehículos. (Nuevo).
  • El entorpecimiento indebido de cualquier otro modo de la circulación peatonal que genere molestias innecesarias a las personas o el riesgo de daños a las personas o bienes. (Nuevo).
  • El escalamiento de edificios o monumentos sin la debida autorización y la precipitación o lanzamiento desde los mismos, sin la debida autorización. (Nuevo).
  • La remoción de vallas, cercados, empalizadas, barreras, verjas o encintados, fijos o removibles, colocados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para delimitar perímetros de seguridad, aun con carácter preventivo. (Nuevo).

Sanciones

Las infracciones contempladas en esta ley podrán ser sancionadas por las autoridades competentes con una o más de las sanciones siguientes, atendida la naturaleza de la conducta infractora:
  • Multa de 100 a 1.000 € por infracciones leves.
  • Multa de 1.001 a 30.000 € por infracciones graves.
  • Multa de 30.001 a 600.000 € por infracciones muy graves.
Otras sanciones: retirada de armas, licencias y permisos; incautación de instrumentos y efectos para la comisión de las infracciones; suspensión temporal de las licencias, autorizaciones o permisos desde 6 meses y un día a 2 años por infracciones muy graves y hasta 6 meses para las graves. En caso de reincidencia, la sanción podrá ser de 2 años y un día hasta 6 años por infracciones muy graves y hasta 2 años por infracciones graves; clausura de las fábricas, locales o establecimientos desde 6 años y un día a 2 años por infracciones muy graves y hasta 6 meses por infracciones graves. En caso de reincidencia, la sanción podrá ser de 2 años y un día hasta 6 años por infracciones muy graves y hasta 2 años por infracciones graves; Pérdida de la posibilidad de obtener permisos de residencia y trabajo, en el caso de extranjeros y expulsión del territorio español, cuando los infractores sean extranjeros sin la correspondiente autorización o permiso de residencia en España y hubieran incurrido en una infracción grave o muy grave.

Además, se establece la obligación de reparar el daño o su indemnización  por los daños y perjuicios causados y se crea en el Ministerio del Interior un Registro Central de Infracciones contra la Seguridad Ciudadana.

La denuncia notificada en el acto por los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado constituirá el acuerdo de incoación y podrán denunciar infracciones de la legislación autonómica y local y sus manifestaciones tendrán valor probatorio.


Boletín Información Especial ...


jueves, 28 de noviembre de 2013

Bandos ...

BANDO de 28 de Noviembre de 2013

La Coop; informa que, hoy Jueves día 28 de Noviembre, NO se pesan OLIVAS en Bicorp.

La Concejalía de Cultura y Bienestar Social informa que, a través del Programa de EMERGENCIA SOCIAL, se va a entregar VALES para ALIMENTACIÓN y PRODUCTOS BÁSICOS. Las Familias que lo necesiten y estén interesadas que pasen por los Servicios Sociales los Lunes 2 y 9 de Diciembre.

La Asociación de Pensionistas y Jubilados comunica a sus Asociados que, pueden pasar a recoger la Cesta y Lotería de Navidad, por el Hogar Social, los días 3, 4 y 5 de Diciembre, de 17 a 19 horas.

martes, 26 de noviembre de 2013

lunes, 25 de noviembre de 2013

El Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género del Ministerio del Interior protege a más de 65.000 mujeres ...


  • Su objetivo es integrar los recursos y conocimientos, evaluar los riesgos para la mujer y establecer un seguimiento para proteger más eficazmente.

  • En esta aplicación están interconectados 37.358 usuarios entre Cuerpos Policiales, Instituciones Penitenciarias, Fiscalías y Juzgados, Unidades de Coordinación, Servicios Sociales y Asistenciales y la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género.

  • Desde su creación en 2007, este sistema ha realizado más de 1.350.000 valoraciones de riesgo.

  • El Ministerio del Interior actualizará mensualmente en su página web (www.interior.gob.es) los datos de la actividad y rendimiento del Sistema de Seguimiento Integral de casos de Violencia de Género.
  • El Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género del Ministerio del Interior es una aplicación informática que sitúa a la mujer víctima de la violencia de género en el centro de un sistema que integra los conocimientos y recursos operativos, evalúa los riesgos para la mujer y protege más eficazmente a las mujeres que son víctimas de la violencia de género en todo el territorio nacional. Desde su puesta en marcha el 26 de julio de 2007 hasta el pasado 31 octubre de 2013, el sistema ha gestionado información sobre 305.214 mujeres víctimas de la violencia de género. A 31 de octubre de 2013 permanecen activos 65.118 casos (mujeres sometidas a seguimiento y protección).

El sistema integra en una sola aplicación los recursos operativos para asistir a las mujeres que son víctimas de la violencia de género. Sus principales objetivos son los siguientes:
  1. Reúne toda la información disponible en una sola aplicación informática (online).
  2. Facilita el acceso al sistema a todas las instituciones implicadas en la protección de las mujeres víctimas.
  3. Dispone de herramientas objetivas y eficaces para evaluar el riesgo.
  4. Establece medidas de protección adecuadas.
  5. Proporciona información que ayuda a tomar decisiones y evalúa las medidas para combatir la violencia de género.
En el sistema interactúan un total de 37.358 usuarios con formación y habilitación específicas, de los que 16.802 son agentes de la Guardia Civil, 12.874 agentes del Cuerpo Nacional de Policía, 1.225 de Instituciones Penitenciarias del Ministerio del Interior y 70 de Instituciones Penitenciarias de la Generalitat de Cataluña, 109 Unidades de Coordinación y de Violencia sobre la Mujer del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, 2.152 fiscalías y 2.124 juzgados, 580 agentes de los Mossos d´Esquadra, 112 efectivos de la Policía Foral de Navarra y 1.310 miembros de las Policías Locales.

La valoración del riesgo
La valoración del riesgo establece el nivel de riesgo en el que se encuentra la mujer víctima y lo evalúa de forma periódica. Se realiza a través de una herramienta construida a partir de 40.000 casos reales y validada por un equipo de catedráticos universitarios y especialistas del Cuerpo Nacional de Policía, de la Guardia Civil  y de Instituciones Penitenciarias.

A través de ella, los especialistas policiales determinan el riesgo de la víctima de sufrir una agresión diferenciado en cuatro niveles:
  1. Extremo
  2. Alto
  3. Medio
  4. Bajo
Estos niveles se revisan de forma periódica, a las 72 horas (en el caso del nivel extremo), 7 días (nivel alto), 30 días (nivel medio) y 60 días (nivel bajo) así como cuando lo disponga la autoridad judicial o el fiscal, o existan nuevas circunstancias que afecten a la víctima o al agresor.

Con esta herramienta y desde su puesta en marcha el 26 de julio de 2007 y hasta el pasado 31 de octubre, se han realizado 1.351.740 valoraciones de riesgo, incluidas en esta cifra las revisiones que se efectúan de forma periódica.

Para establecer y predecir el nivel de riesgo de la víctima y su evolución,  el sistema cuenta con dos herramientas:
  • Valoración Inicial de Riesgo (VPR)
  • Valoración de la Evolución de Riesgo (VPER)
De ellas, 422.511 son Valoraciones Policiales del Riesgo (VPR), un formulario que se utiliza cuando la víctima presenta la correspondiente denuncia en una comisaría de Policía o cuartel de la Guardia Civil, y 929.229 Valoraciones Policiales de Evolución del Riesgo (VPER), que se utiliza para el seguimiento por parte de los especialistas atendiendo a los parámetros establecidos en las revisiones periódicas (Extremo - 72 horas), (Alto - 7 días), (Medio - 30 días) y (Bajo - 60 días).

El resultado de estas valoraciones se incorpora al atestado policial, se comunica a la autoridad judicial y al Ministerio Fiscal determina las medidas de protección y de asistencia policial para cada mujer víctima y genera una serie de Avisos, Alertas y Alarmas, en función de su orden de importancia:

  • AVISOS sobre cualquier circunstancia relacionada con la tramitación de cada caso.
  • ALERTAS sobre una nueva situación que pueda elevar el nivel de riesgo de la víctima.
  • ALARMAS sobre la inminencia de una situación grave para la seguridad de la víctima.
El Ministerio del Interior actualizará mensualmente en su página web (http://www.interior.gob.es/violencia-contra-la-mujer-95) los datos de la actividad y rendimiento del Sistema de Seguimiento Integral de los casos de Violencia de Género.


La Policía Nacional inicia una campaña de concienciación contra la violencia de género entre adolescentes ...


  • En el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer 
  • Seis de cada diez chicas de entre 14 y 19 años reciben mensajes a través del teléfono móvil con insultos por parte de sus novios y amigos de pandilla, según datos de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género 

  • La Policía comienza hoy una campaña en las redes sociales para erradicar y prevenir este tipo de conductas, con el objetivo de distinguir entre una relación afectiva y una dependencia destructiva 

  • Bajo el hashtag #Noalaviolenciadegénero, @policia difundirá distintos mensajes para concienciar a las jóvenes en la necesidad de denunciar y no tolerar situaciones de maltrato o discriminación: “Discusiones o meros celos de pareja no pueden acabar NUNCA en amenaza o agresión. Si la hubiera, DENUNCIA”; “Desde tu "primer amor", no permitas que te menosprecie a solas ni se burle ante sus amigos ni te falte al respeto” 

  • También en su canal www.youtube.com/policia la Policía Nacional ha colgado un vídeo que reitera a los adolescentes la necesidad de denunciar cualquier tipo de maltrato o violencia de género al 091
La Policía Nacional ha puesto en marcha hoy, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, una campaña en las redes sociales con el objetivo de erradicar y prevenir la violencia de género entre adolescentes.

Para distinguir entre una relación afectiva y una dependencia destructiva y bajo el hashtag #Noalaviolenciadegénero, @policia difundirá a partir de hoy distintos mensajes para concienciar a las jóvenes de la necesidad de denunciar y no tolerar situaciones de maltrato o discriminación: “Discusiones o meros celos de pareja no pueden acabar NUNCA en amenaza o agresión. Si la hubiera, DENUNCIA”; “Desde tu "primer amor", no permitas que te menosprecie a solas ni se burle ante sus amigos ni te falte al respeto”. También en su canal www.youtube.com/policia la Policía Nacional ha colgado un vídeo que reitera a los adolescentes la necesidad de denunciar cualquier tipo de maltrato o violencia de género al 091.
Jóvenes controladas por el smartphone
Según un estudio realizado entre jóvenes de 14 a 19 años por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, seis de cada diez chicas reciben mensajes a través del teléfono móvil con insultos por parte de sus novios y amigos de pandilla. El 10 % dice que esos mensajes les han provocado en ocasiones miedo.

Los jóvenes usan cada vez más las redes sociales y la mensajería instantánea, pero la percepción de estas nuevas tecnologías como una vía para ejercer la violencia de género es muy baja. Conductas como colgar una foto suya que su padre o su madre no autorizaría -algo que reconoce que haría uno de cada cuatro jóvenes- o el intercambio de vídeos o fotos privadas como una prueba de confianza o símbolo de amor entre la pareja, pueden conducir a situaciones de chantaje, ciberacoso sexual, o acoso en el entorno escolar (grooming o bullying).

Desde tu “primer amor”, di #Noalaviolenciadegénero
Ante esta situación, la Policía Nacional quiere concienciar a los adolescentes de la necesidad de denunciar cualquier conducta de maltrato: físico, psicológico, sexual o económico, y no tolerar este tipo de situaciones. Bajo el hashtag #Noalaviolenciadegénero, se difundirán distintos mensajes a través de su perfil en Twitter, @policia, como “Aunque seas muy joven, no permitas que tu novio te grite, te coarte y controle tu vida o comunicaciones”.

Una campaña contra la violencia de género entre adolescentes que también se realizará a través de los perfiles de la Policía Nacional en Facebook y Youtube. En www.youtube.com/policia  se puede ver desde hoy un vídeo con un claro mensaje dirigido a los jóvenes: No a la violencia de género, denúncialo.

La prevención es esencial
El objetivo principal de la campaña es que las adolescentes sepan diferenciar una relación afectiva sana de una relación basada en el dominio y el control de la pareja, que finalmente pueda desencadenar la violencia.

Para ello es necesario adoptar ciertas pautas de comportamiento que permitan reconocer los distintos signos de malos tratos físicos o psicológicos. En este ámbito, la prevención es esencial, es importante estar informado y conocer los riesgos que puede generar, por ejemplo, el uso incorrecto de las redes sociales e Internet.
  • No dejes que tu pareja tenga un control excesivo sobre tu teléfono móvil, para saber con quién hablas, cuándo te conectas o qué haces a lo largo del día
  • No facilites a tu pareja las contraseñas de tus redes sociales ni de tu e-mail. Tu intimidad es tuya
  • No dejes de lado a tus amigos, hay tiempo para todo y para todo el mundo, tú debes decidir cuándo y con quién quedar
  • Viste, maquíllate y habla como quieras. Puedes aceptar consejos de tu pareja si quieres pero nunca imposiciones
  • No practiques el “sexting”, hacerse fotos de carácter erótico y/o compartirlas. No es una muestra de amor mandar fotografías íntimas a tu pareja, siempre hay riesgo de una difusión mayor


sábado, 23 de noviembre de 2013

El Gobierno aprueba las aceiteras irrellenables y el etiquetaje obligatorio de los envases de aceite en hostelería, restauración y catering ...



  • La nueva norma entrará en vigor el 1 de enero de 2014
  • Se podrán seguir utilizando las existencias disponibles hasta el 28 de febrero del próximo año
  • Supone un paso más en las actuaciones del Ministerio a favor de la mejora de la calidad del aceite de oliva y de su puesta en valor en los mercados
El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, un Real Decreto que establece que los aceites que se pongan a disposición del consumidor en los establecimientos de hostelería, restauración y en los servicios de catering deberán presentarse en envases etiquetados, estar provistos de un sistema de apertura que pierda su integridad tras su primera utilización y disponer de un sistema de protección que impida su rellenado una vez agotado su contenido original.

La nueva norma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2014, contempla también la posibilidad de utilización de las existencias de productos adquiridos antes de la entrada en vigor del Real Decreto. De esta forma, los aceites de oliva y los de orujo de oliva adquiridos por el sector de la hostelería, restauración y catering antes del 1 de enero de 2014, podrán seguir poniéndose a disposición del consumidor final hasta el 28 de febrero del próximo año.

Esta medida se enmarca en el contenido del “Plan de acción sobre el sector del aceite de oliva de la Unión Europea” que establece una serie de medidas encaminadas a mejorar la competitividad del sector oleícola, entre las que se encuentra estimular a los Estados miembros a exigir la utilización de envases que no permitan el relleno en el canal HORECA, compuesto por los establecimientos de hostelería, restauración y servicios de catering.

Esta medida persigue continuar avanzando en la garantía de la calidad y autenticidad de los aceites puestos a disposición del consumidor final. Asimismo, tiene como objetivo mejorar la imagen del producto, en particular de las denominaciones de origen protegidas y las indicaciones geográficas protegidas y de las marcas productoras consolidadas en el mercado. También tiene como finalidad informar mejor al consumidor sobre las características del aceite que se pone a su disposición.

España, como líder mundial en la producción de aceite de oliva, mantiene así su firme compromiso con todas aquellas medidas que contribuyan a reforzar la competitividad de este importante sector. Todo ello a través del canal HORECA, que ha venido contribuyendo a poner en valor y acercar el aceite de oliva español a sus clientes.

La hostelería y la restauración constituyen en muchísimos casos el único punto de contacto de los turistas que nos visitan con el aceite de oliva. El que puedan encontrar un producto de calidad, bien presentado y adecuadamente manejado supone, sin ninguna duda, una buena carta de presentación del producto, lo que facilitará un incremento de la demanda de nuevas exportaciones.


https://www.boe.es/boe/dias/2013/11/16/pdfs/BOE-A-2013-12006.pdf



viernes, 22 de noviembre de 2013

Edicto del Ayuntamiento de Quesa sobre elección de juez de paz ...


javascript:window.parent.abreEdicto(2479790)



En cumplimiento a lo establecido en los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el articulo 5 del Reglamento 3/95 de 7 de Junio de los Jueces de Paz, se pone en conocimiento de todos los interesados que, dentro del plazo allí establecido, se procederá por el Pleno de esta Corporación Municipal a proponer a la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el nombramiento del cargo de Juez de Paz titular y su sustituto.

Los interesados en este nombramiento tendrán que presentar en la Secretaría de este Ayuntamiento la correspondiente solicitud, por escrito, en el plazo de quince días naturales, contado a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, acompañada de los siguientes documentos:
a) Fotocopia del D.N.I.
b) Declaración jurada en la que se haga constar los siguientes extremos:
• Que carece de antecedentes penales. 
• Que no está procesado o inculpado por delito doloso. 
• Que está en pleno ejercicio de sus derechos civiles. 
• Que es español, mayor de edad, no está impedido física o psíquicamente para la función judicial y que va a residir en esta localidad, salvo autorización de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia. 
• Que no está incurso en ninguna causa de incapacidad ni de incompatibilidad o prohibición prevista en los artículos 389 a 397 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Ante las dudas que se susciten la Alcaldía podrá requerir la presentación de documento idóneo que acredite los extremos anteriores, sin perjuicio de la responsabilidad en que se hubiere podido incurrir.

Quien lo solicite, será informado en el Ayuntamiento de las condiciones precisas para poder ostentar dicho cargo, y de las causas de incapacidad e incompatibilidad que impiden desempeñar el mismo.

Lo que se hace público para general conocimiento y efectos.

En Quesa, a 4 de noviembre de 2013.—

El alcalde, Jesús M. Requena Mut.


Con motivo del Día Internacional contra la Violencia sobre la Mujer ...




Bienestar Social organiza actos para concienciar y sensibilizar a los jóvenes
  • El programa de actividades se presenta bajo el lema #YOMECOMPROMETO ANEMAMBTU
  • Este viernes se celebrará un Concierto contra la violencia de género, que se celebrará en la Concha de la Explanada de Alicante
  • La directora general de Familia y Mujer ha animado "a toda la sociedad y, en especial, a la juventud a participar"
Alicante. La Conselleria de Bienestar Social, a través de la Dirección General de Familia y Mujer, ha organizado un programa de actividades con motivo del Día Internacional contra la Violencia sobre la Mujer, el próximo 25 de noviembre, "para concienciar y sensibilizar a la población en general y, en especial, a los jóvenes sobre la violencia hacia las mujeres".

Así lo ha manifestado la directora general de Familia y Mujer, Laura Chorro, tras haber asistido hoy en Alicante a la presentación del Concierto contra la violencia de género, que se celebrará este viernes en la Concha de la Explanada de la localidad y en el que participarán los grupos Mailers, Gigantes y Mons.

"Las mujeres que han sufrido maltrato han de saber que no están solas, tienen todo el apoyo de las administraciones y de la sociedad, hay recursos y profesionales a su disposición y tienen que tener la convicción de que se puede, se debe seguir adelante", ha incidido la directora general.

Laura Chorro ha avanzado algunas de las actuaciones previstas por su departamento y que, bajo el lema #YOMECOMPROMETO ANEMAMBTU, "ponen de manifiesto el compromiso de las instituciones y de la sociedad en la lucha contra esta grave vulneración de los derechos humanos y de la dignidad de las mujeres".

La directora general de Familia y Mujer ha explicado que "este programa se lleva a cabo desde ámbitos tan importantes como son el educativo y el de la cultura", y ha resaltado también "la participación del tejido empresarial y comercios de la Comunitat Valenciana que se han sumado a este tipo de iniciativas mostrando su más absoluto rechazo hacia esta injusticia social".

Ruta del Comercio Más Comprometido
La Ruta del Comercio Más Comprometido es una iniciativa, difundida a través de los Ayuntamientos de Alicante, Valencia y Castellón, que engloba a los comercios que se han adherido a la misma y en los que se pondrá a disposición de sus clientes hojas de firma en las puedan plasmar su compromiso en la lucha contra la violencia de la mujer. Esos comercios estarán identificados por cartelería específica y ofrecerán un detalle a las personas que plasmen su compromiso.

Laura Chorro ha animado a los comerciantes y empresarios "a sumarse a este proyecto en el que participan una veintena de comercios de la Comunitat Valenciana, la iniciativa permanecerá abierta para futuras adhesiones".

En el ámbito educativo y cultural se han programado las siguientes actuaciones de sensibilización. Durante el mes de noviembre se impartirán, en 8 Institutos de Enseñanza Secundaria y en 5 centros de menores, charlas acerca de la violencia sobre la mujer en la adolescencia y las nuevas tecnologías y la violencia de género. Este programa, dirigido a los adolescentes, tendrá continuidad a lo largo del año, ya que se realizará en otros 6 centros de ESO durante el mes de diciembre. Los grupos estarán formados por quince alumnos que asistirán a una serie de charlas impartidas por profesionales de los Centros Mujer 24 Horas.

II Premio Fotográfico NODONAIGUAL
Por otra parte, se ha convocado el II Premio Fotográfico NODONAIGUAL, organizado por el IVAJ en colaboración con la Dirección General de Familia y Mujer, "al objeto de sensibilizar a la población joven de la Comunitat Valenciana en la problemática de la violencia sobre la mujer y estimular la creatividad", ha comentado la directora general.

Este concurso consta de dos categorías: A Grupal (de 14 a 17 años) e Individual B (de 18 a 30 años). Las obras presentadas serán expuestas en el Centre del Carme de la ciudad de Valencia.

El premio para los dos grupos ganadores consistirán en una actividad de dos días de duración para el Grupo A y el responsable del grupo, de las incluidas en el programa "Vive tu Comunidad", que se realizará en uno de los Albergues del IVAJ.GVA JOVE.

Para la Categoría B, el premio para los dos ganadores será un curso de idiomas, de hasta dos semanas de duración, de la oferta de "Cursos de Idiomas en el Extranjero" del IVAJ.GVA JOVE en Alemania, Austria, Francia, Gran Bretaña, Irlanda, Italia, Portugal, Rusia o Suiza.

Día 25 de Noviembre
El acto institucional de conmemoración del Día Internacional contra la Violencia sobre la Mujer tendrá lugar en el Centre del Carme de la ciudad de Valencia. Se ha previsto la visualización de imágenes de las actividades realizadas bajo el lema "#YOME COMPROMETO ANEMAMBTU", así como la entrega de los premios del II concurso fotográfico NODONAIGUAL.

"Este evento concluirá con la lectura de un manifiesto como muestra de condena de cualquier manifestación de violencia contra la mujer y para hacer ver a las mujeres que sufren maltrato que no están solas", según ha subrayado la directora general de Familia y Mujer.


miércoles, 20 de noviembre de 2013

“Cada vez que te emborrachas te vuelves un poco más tonto”, eslogan de la nueva campaña de la FAD ...





Nueva campaña de prevención del consumo abusivo de alcohol dirigida a adolescentes y jóvenes

• La campaña se dirige específicamente a adolescentes y jóvenes e intenta promover la reflexión sobre el efecto negativo que el consumo abusivo de alcohol puede tener sobre las capacidades personales.
• Para el director general de la FAD, Ignacio Calderón: “Nos preocupa que muchos adolescentes salen con ganas de comerse el mundo y terminan bebiéndoselo”.
• Diseñada por la agencia Bungalow25, la campaña se compone de 2 spots para televisión, una cuña de radio y un modelo de gráfica para publicidad exterior y prensa.





La Fundación de Ayuda contra la Drogadicción (FAD) lanza una nueva campaña de sensibilización para prevenir el consumo abusivo de alcohol con el slogan “Cada vez que te emborrachas te vuelves un poco más tonto”. En esta ocasión la campaña utiliza el humor como vehículo creativo para hacer llegar el mensaje a adolescentes y jóvenes.

Se trata de la séptima campaña consecutiva que la FAD lanza sobre el consumo de alcohol siguiendo su estrategia ‐puesta en marcha en 2011 coincidiendo con el 25 Aniversario de la FAD‐ de ocuparse prioritariamente de la prevención de los problemas que afectan a jóvenes y adolescentes por el consumo de sustancias psicoactivas y que dificulten su desarrollo integral.

Para el director general de la FAD, Ignacio Calderón: “El alcohol es la sustancia sobre la que intervenir de forma prioritaria porque sigue siendo la sustancia –independientemente de que tenga un status legal‐ que mayores prevalencias de consumo y que más problemas causa con diferencia”. Además ha añadido que “lo que nos preocupa, más allá de los datos, es la cultura del exceso alcohólico que a veces se entiende como inherente al estilo de vida y ocio de los jóvenes centrado en las largas noches de marcha. Nos preocupa que muchos jóvenes salen con ganas comerse el mundo y terminan bebiéndoselo”.

Con el slogan “Cada vez que te emborrachas te vuelves un poco más tonto”, en esta ocasión la FAD ha optado por una campaña basada en el humor dirigida específicamente a adolescentes y jóvenes que pretende hacer reflexionar sobre los efectos que el consumo abusivo de alcohol puede tener en las capacidades personales. Sobre todo si la ingesta de alcohol se produce cuando el cerebro aún está en desarrollo.

El concepto creativo de la campaña ‐plasmado en dos spots para TV, una cuña de radio y una gráfica para prensa y publicidad exterior‐ ha sido desarrollado por la agencia Bungalow25, que desde enero trabaja de forma completamente desinteresada en las campañas de la FAD.

La campaña permanecerá activa al menos 4 meses, siendo difundida de forma gratuita por la gran mayoría de los medios de comunicación españoles de ámbito nacional, autonómico y local, a quienes la FAD quiere agradecer su colaboración completamente desinteresada sin la cual sería imposible el desarrollo de este tipo de iniciativas.

JÓVENES Y CONSUMO DE ALCOHOL
El consumo intensivo de alcohol (borracheras) ha aumentado entre los jóvenes españoles en los últimos años. El 35,6% de los estudiantes de 14 a 18 años reconocen haberse emborrachado alguna vez en el último mes, según datos de la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Estudiantes de Enseñanzas Secundarias (ESTUDES, 2010). En 2006, este porcentaje era del 25,6%.

También el alcohol, cuya edad de inicio al consumo se sitúa en los 13,7 años, juega un papel protagonista en el policonsumo, patrón cada vez más frecuente entre los escolares, tanto en España como en el resto de países de la Unión Europea. De cada 3 estudiantes de entre 14 y 18 años, uno no consume, otro consume una sola sustancia y el último consume dos o más sustancias.

Por otro lado, el alcohol es la sustancia que se percibe menos peligrosa: menos de la mitad de los encuestados considera que tomar 5 ó 6 copas en fin de semana puede producir problemas. Por último, el 66,3% de los consumidores había bebido en bares o pubs, un 64,1% en espacios abiertos y un 57,5% en discotecas, en los últimos 30 días.

ALCOHOL Y DAÑO CEREBRAL
Para ampliar la información:
• Ministerio de Sanidad – Alcohol y Jóvenes:
http://www.msssi.gob.es/alcoholJovenes/home.htm
• National Institute on Alcohol Abuse and Alcoholism (en ingles):
http://www.niaaa.nih.gov/
• National Institute on Drugs Abuse (NIDA) (en español):
http://www.drugabuse.gov/es/en‐espanol
• Monografías Alcohol – Revista Adicciones:
o http://www.psiquiatria.com.es/socidrogalcohol/alcohol1.pdf
o http://www.psiquiatria.com.es/socidrogalcohol/alcohol2.pdf

Boletín Información Especial ...


martes, 19 de noviembre de 2013

Las redes sociales y los teléfonos móviles, los medios más frecuentes para ejercer el ciberacoso y la violencia de género en parejas jóvenes ...


  • Estudios de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género
  • Los estudios realizados por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género en 2012 y 2013 revelan que el acoso a través de las nuevas tecnologías se ha convertido en una forma cada vez más común de ejercer este tipo de violencia
  • El 28,1% de los adolescentes no considera una conducta de riesgo responder a un mensaje en el que te insultan, y uno de cada cuatro colgaría una foto suya que sus padres no autorizarían
  • Distribuir en Internet imágenes o datos comprometidos de contenido sexual, crear perfiles falsos, alimentar rumores en redes sociales y acceder al ordenador de la víctima para controlar comunicaciones con terceros, entre las conductas que revelan ciberacoso
  • La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad anuncia medidas educativas en todas las etapas, que se sumarán a las penales, para combatir el acoso y el maltrato a través de las nuevas tecnologías
  • “La juventud y la adolescencia tienen una importancia vital en el desarrollo de la persona. Por ello actuar en esta etapa es fundamental”, asegura Ana Mato

Las nuevas tecnologías desempeñan un papel cada vez más importante en las relaciones que establecen los jóvenes con otros chicos y chicas”. Esto las convierte “en un instrumento de doble filo: por un lado, son una herramienta de sensibilización eficaz frente a la violencia de género, pero por otro facilitan nuevas vías para el ejercicio de conductas violentas, como el ciberacoso, que supone una invasión sin consentimiento y repetida de la intimidad de la víctima”. La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, ha expresado de este modo la preocupación de su departamento por el uso de Internet y las tecnologías entre los jóvenes como forma de ejercer la violencia.

Lo ha hecho en la presentación de los dos últimos estudios elaborados por la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género en 2012 y 2013: “El ciberacoso como forma de ejercer la violencia de género en la juventud: un riesgo en la sociedad de la información y del conocimiento”, elaborado por Cristóbal Torres, catedrático de Sociología de la Universidad Autónoma de Madrid, y “La Evolución de la adolescencia española sobre la igualdad y la prevención de la violencia de género”, dirigido por la catedrática de Psicología de la Educación de la Universidad Complutense María José Díaz-Aguado.

Entre las principales conclusiones de los estudios, en los que han participado más de 8.000 adolescentes y jóvenes de 13 a 19 años, destaca el hecho de que las nuevas tecnologías facilitan a los agresores alcanzar a sus víctimas sin tener contacto directo con ellas, suponen también una dificultad para cerrar una relación de pareja y que los estereotipos tradicionales que siguen existiendo en las relaciones entre hombres y mujeres se proyectan en Internet y las redes sociales.

De hecho, el estudio sobre el ciberacoso señala que Whatsapp, Tuenti y las llamadas al móvil son los medios más frecuentes para enviar y recibir mensajes insultantes o amenazantes, como forma de ejercer la violencia de género.

En paralelo, la juventud “nativa digital” tiene una percepción del riesgo muy baja. Así lo demuestra el hecho de que más de uno de cada cuatro adolescentes (el 28,1%) no consideren conducta de riesgo responder a un mensaje en el que le insultan. Una proporción similar asegura que colgaría una fotografía suya que sus padres no autorizarían.

Y son muchos los que los reciben, especialmente las mujeres. De las jóvenes han sido víctimas de violencia de género a través de las nuevas tecnologías, hasta el 61,7% asegura haber recibido mensajes con insultos Además, el 36% ha recibido algún mensaje que les ha hecho “sentir miedo.

El 14,7% de las chicas que han sufrido esta violencia, por otra parte, asegura haber recibido algún mensaje para presionarlas a participar en actividades de tipo sexual. Y hasta un 16,6% de las jóvenes asegura que han visto difundidas imágenes suyas comprometidas o de carácter sexual sin su consentimiento.

No obstante, un tercio de los jóvenes, chicos y chicas, aseguran haber respondido en dos o más ocasiones a un mensaje en el que le insultan u ofenden.

El estudio sobre el ciberacoso también revela otras conductas de riesgo en ambos sexos: el 25% de las adolescentes y el 36% de los chicos no consideran muy o bastante peligroso responder a un mensaje en el que alguien que no conoce le ofrece cosas. Además, el 5% de las chicas y el 16% de los chicos no creen peligroso colgar una foto suya de carácter sexual; de hecho, el 1,1% de las jóvenes y el 2,2% de los chicos reconocen haberlo hecho en alguna ocasión.

Estos datos revelan, para la ministra, la necesidad de actuar. “La juventud y la adolescencia tienen una importancia vital en el desarrollo de la persona. Es el momento en el que se establecen relaciones humanas y se dibuja el proyecto de vida. Por ello actuar en esta etapa es fundamental”, ha asegurado.

Por ello, y porque “queremos acabar con este tipo de violencia”, Mato ha anunciado una batería de medidas dirigidas a combatir los nuevos delitos relacionados con las nuevas tecnologías, y también en el ámbito educativo. A las medidas penales, como la tipificación del acoso como delito, con agravante en caso de que el autor sea cónyuge o ex cónyuge, se suman las medidas de formación, como el fomento de la igualdad efectiva en todas las etapas educativas. También durante este curso el Ministerio apoyará el Plan de Convivencia y Mejora de la Seguridad Escolar, que se reforzará en 2014 con la inclusión de otras formas de violencia contra la mujer.

Asimismo, se proporcionarán “herramientas a profesores y padres para complementar su labor educativa en este ámbito”, como la Red de Buenas Prácticas 2.0 para luchar contra el ciberacoso, o el Proyecto Plurales, de educación en igualdad.

La ministra también ha recordado que, haciendo uso del potencial que ofrecen las tecnologías y las redes sociales, se ha lanzado la aplicación para smartphones Libres, para detectar los signos de la violencia de género y ofrecer herramientas para salir de ellas.




En este sentido, la ministra ha aprovechado su intervención para recordar a las 44 mujeres y a los 5 menores fallecidos en lo que va de año por esta lacra, así como a los 40 que han quedado huérfanos y al medio millón de niños que vivieron situaciones de violencia en España durante el último año Mato ha reiterado su llamamiento a la denuncia dirigido a las víctimas: “Es la llave de vuestra libertad y de la de vuestros hijos”, ha dicho.

DECÁLOGO DE CONDUCTAS QUE REVELAN CIBERACOSO
De los estudios presentados por la ministra se puede extraer un decálogo de las formas en las que se puede expresar el ciberacoso:
1. Distribuir en Internet una imagen (sexting) o datos comprometidos de contenido sexual (reales o falsos).
2. Dar de alta a la víctima en un sitio web donde puede estigmatizarse o ridiculizar a una persona.
3. Crear un perfil falso en nombre de la víctima para, por ejemplo, realizar demandas u ofertas sexuales.
4. Usurpar la identidad de la víctima para, por ejemplo, hacer comentarios ofensivos sobre terceros.
5. Divulgar por Internet grabaciones con móviles en las que se intimida, agrede, persigue, etc. a una persona.
6. Dar de alta el email de la víctima para convertirla en blanco de spam, contactos con desconocidos, etc.
7. Acceder al ordenador de la víctima para controlar sus comunicaciones con terceros.
8. Hacer correr en las redes sociales rumores sobre un comportamiento reprochable atribuido a la víctima.
9. Perseguir e incomodar a la víctima en los espacios de Internet que frecuenta de manera habitual.
10. Presentarse en un perfil falso ante la víctima con el fin de concertar un encuentro digital para llevar a cabo algún tipo de chantaje on-line (por ejemplo, el “grooming”: acoso sexual a menores).


lunes, 18 de noviembre de 2013

Ana Mato presenta una nueva “App”, que facilita información sobre la prevención del consumo de drogas a los jóvenes, a sus familias y a los profesionales ...




  • Iniciativa pionera en la lucha contra las adicciones
  • La nueva “App”, primera de estas características, incorpora un mapa interactivo de la red de centros asistenciales y otros recursos públicos en toda España, así como testimonios de expertos sobre los efectos de las drogaS 
  • Incluye información sobre la legislación y sobre el Fondo de Bienes Decomisados y, para los profesionales, ofrece información sobre el Plan Nacional sobre Drogas, estudios, encuestas y a las convocatorias de subvenciones 
  • La ministra reitera su compromiso para prevenir el consumo de drogas, especialmente entre los menores: “Queremos utilizar los medios que dominan para acercarnos a ellos y a sus familias y proporcionarles información veraz y contrastada




La ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, Ana Mato, ha presentado esta mañana, una nueva aplicación informática, denominada “Plan Nacional sobre Drogas” para prevenir el consumo de este tipo de sustancias psicoactivas. Se trata de una herramienta para teléfonos inteligentes y dispositivos móviles (smartphone y tabletas) con información para el público general sobre los riesgos de las drogas y otras adicciones sin sustancias, así como apartados de interés para los profesionales. Ha sido desarrollada en colaboración con la Fundación Telefónica y la empresa Fraile y Cuevas.

La ministra ha estado acompañada en este acto por el presidente de Cruz Roja Española, Juan Manuel Suárez del Toro, secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno y el delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, Francisco Babín, que ha hecho una demostración práctica del funcionamiento de la “App”.

En su intervención, Mato ha destacado la importancia de las nuevas tecnologías en la sociedad actual y el esfuerzo de su departamento para acercarse a los jóvenes. “Queremos utilizar los medios que dominan para acercarnos a ellos y a sus familias y proporcionarles información veraz y contrastada”, ha señalado.

Según el informe de la Sociedad de la Información, de la Fundación Telefónica, el 63,2% de los ciudadanos utilizan Smartphone en nuestro país. Este porcentaje asciende al 68% en el caso de los usuarios de telefonía móvil de entre 16 y 24 años. El uso generalizado de este tipo de dispositivos inteligentes ha traído como consecuencia una utilización cada vez mayor de aplicaciones. Hoy los españoles se bajan cada día 2,4 millones de “App” y son cada vez más selectivos.

La ministra ha reiterado su compromiso con la prevención del consumo de drogas entre los menores y retrasar la edad de inicio. También el objetivo de llegar a “un consumo cero” de alcohol por parte de los menores.

La nueva Aplicación ofrece los siguientes recursos:

  • Información sobre los riesgos de cada una de las principales sustancias adictivas (tabaco, alcohol, cannabis, cocaína, heroína, drogas de síntesis y otras) así como de otras conductas adictivas (ludopatía). Como novedad, incluye testimonios de expertos además de una serie de cuestiones denominadas “mitos y realidades” que contestan a las principales dudas acerca de cada una de ellas.
  • Información sobre qué se puede hacer ante la sospecha o evidencia de consumo por parte de un familiar o conocido y como deben de reaccionar los padres ante signos de alarma de posibles consumos.
  • Incluye un resumen de la legislación vigente, especificando los delitos, penas y sanciones que supone el cultivo, elaboración, tráfico y posesión de drogas tóxicas ilegales.
  • Cuenta también con un mapa interactivo con los centros terapéuticos existentes en nuestro país, con los datos proporcionados por las CCAA, titulares de la competencia asistencial.
  • Para los profesionales ofrece información relacionada con el Plan Nacional sobre Drogas incluyendo: la Estrategia Nacional, el Plan de Acción, encuestas e indicadores del Observatorio Español sobre Drogas.
  • Incluye una conexión con el Centro de Documentación y un enlace a la base de datos de la Unión Europea EDDRA que proporciona información sobre programas de prevención, tratamiento y reducción del daño que constituyen ejemplos de buenas prácticas.
  • Informa de las actividades del Fondo de Bienes Decomisados incluyendo las subastas de bienes que gestiona.
  • Asimismo, permite conocer información relevante sobre las convocatorias de subvenciones que gestiona anualmente la Delegación del Gobierno con créditos presupuestarios o procedentes del Fondo de Bienes Decomisados (ONG, investigación, Corporaciones Locales)

Para ello existe un menú principal en la página de inicio con tres grandes secciones:
  • Información: donde se dan a conocer las drogas y las consecuencias de su consumo, así como qué se debe de hacer si se piensa que algún conocido las consume.
  • Testimonios: donde se muestran testimonios de expertos de reconocido prestigio que exponen directamente las distintas perspectivas del consumo de sustancias adictivas.
  • Mapa de centros: Donde se puede localizar el centro más cercano a la ubicación actual del usuario que ofrezca asesoramiento, informar y/o tratamiento sobre las adicciones. Además existe un menú desplazable en la parte de abajo de la pantalla principal, en la que junto a los tres apartados antes mencionados, se encuentran los siguientes epígrafes:
  • Plan Nacional sobre Drogas donde se explica qué es el Plan Nacional y se dispone de la Estrategia Nacional sobre Drogas 2009-2016 y los Planes de Acción sobre Drogas 2009-2012 y 2013-2016
  • Observatorio Español sobre Drogas en donde se incluyen las principales encuestas e indicadores que realiza la Unidad de Sistemas de Información de la Delegación, incluyendo la Encuesta EDADES (Encuesta domiciliaria sobre alcohol y Drogas en España en población general de 15 a 64 años) y la Encuesta ESTUDES sobre uso de Drogas en estudiantes de 14 a 18 años de enseñanzas secundarias.
  • Centro de documentación de la Delegación del Gobierno, en el cual se informa de este centro y se enlaza a sus servicios. Es el centro de documentación más amplio de habla hispana en este ámbito y cuenta con 34.000 referencias bibliográficas especializadas.
  • Fondo de Bienes decomisados, se explica su existencia, sus instrumentos y sus fines.
  • Buenas practicas, enlace a la base de datos de la Unión Europea Exchange Drug Demand Reduction Action (EDDRA), que proporciona información sobre programas y buenas prácticas en los campos de la prevención tratamiento y reducción del daño, algunos de ellos desarrollados por entidades españolas.
  • Novedades. Proporciona información sobre noticias, campañas y destacados del ámbito de las adicciones. La mayoría de los apartados de la aplicación disponen de videos explicativos que facilitan la difusión de la información y la accesibilidad de la misma a las personas con discapacidad.









domingo, 17 de noviembre de 2013

Aviso de Riesgos, EMERGENCIA y PREEMERGENCIA ...






sábado, 16 de noviembre de 2013

Lurbel, patrocinador del Circuito Trail Valencia 2014 ...



La firma Lurbel patrocinará el próximo Circuito Trail Valencia 2014. La marca valenciana revalida así su apoyo al trail running dando su apoyo a este circuito en el que también será el proveedor oficial de su equipaje oficial que constará de una camiseta de alto rendimiento, una malla y unos calcetines de la firma específicos para corredores de montaña.
Presentación Maratón de Valencia
El Circuito Trail Valencia 2014 será dado a conocer en el marco de la feria del corredor que tendrá lugar en Expo Deporte Valencia en la Ciudad de las Artes y de las Ciencias, (museo Príncipe Felipe), los próximos 15 y 16 de noviembre.
Las carreras del circuito
Con un total de diez citas repartidas entre marzo y noviembre, el calendario recorrerá las comarcas de la Ribera Alta, la Canal de Navarrés (carrera que transcurrirá por nuestra localidad QUESA), el Valle de Ayora, La Costera, Requena-Utiel, La Ribera Baja y los Serranos.

Más información: www.circuitotrailvalencia.es