miércoles, 30 de diciembre de 2020

Nuevas normas para salvar vidas ..



 
  • A partir del 11 de mayo de 2021, cambian los límites máximos en todas las ciudades 
  • El objetivo de estos cambios es promover un nuevo modelo de seguridad vial, de acuerdo con lo que impulsa la Unión Europea y la OMS

Un anteproyecto de ley, dos reales decretos y la transposición de dos directivas europeas componen el paquete de reformas legales que ha aprobado el Gobierno con el objetivo de reducir a la mitad el número de heridos y fallecidos en siniestros de tráfico durante la próxima década. En palabras del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, se trata de “una revisión de nuestra política de seguridad vial” para “salvar vidas”, en línea de las recomendaciones de la Unión Europea y de la Organización Mundial de la Salud.

Principales cambios legislativos

Cambios en el permiso de conducir

Desde el 12 de noviembre de 2020, se pueden conducir camiones y autocares a partir de los 18 años, si se cumplen algunos requisitos y se establece la equipación que deben llevar los motoristas que se presenten a un examen.

Camiones

A partir de los 18 años, se pueden conducir camiones si se ha aprobado el CAP (Certificado de Aptitud Profesional, 280 horas de formación).

Autocares

Desde los 18 años, se pueden conducir autocares sin pasajeros o con pasajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 kms. También es necesario el CAP.

Con pasajeros

Se pueden conducir autocares con pasajeros sin ningún límite de distancia a partir de los 21 años y tras haber superado el CAP. Estas modificaciones van encaminadas a ofrecer más posibilidades para entrar en el mercado laboral a los jóvenes y dar respuesta a una demanda del sector del transporte por carretera ante la escasez de conductores profesionales.

Más peso

Se amplía de 3.500 a 4.250 kilos el peso de las furgonetas que se pueden conducir con el permiso B ( y 2 años de antigüedad), siempre que el aumento de peso se deba a los nuevos sistemas de propulsión de los vehículos (eléctricos o de gas natural). Con este cambio, se quiere fomentar el uso de energías alternativas para los vehículos.

Protegidos al examen

A partir de ahora, quienes se examinen del carné de moto deberán ir con un “equipo de protección adecuado” y que, según la norma, está compuesto por un casco homologado, guantes, chaqueta (con protecciones en espalda, hombros y codos), pantalones (protecciones en las rodillas) y botas de cuero o material similar.

Inclusión

En determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, personas con problemas relacionados con el aparato locomotor pueden acceder a los permisos de conducción de camiones y autobuses, siempre que vayan con las prótesis adecuadas.

Regulación de los patinetes

Desde el 2 de enero de 2021, los patinetes y demás vehículos de movilidad personal (quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida) pasarán a ser definidos como vehículos.

Vehículos

Los patinetes y VMP (con una o más ruedas y una única plaza) son definidos y considerados vehículos a todos los efectos, por lo que estarán obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.). Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida. 

Prohibidos patinetes

Los patinetes deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.

Certificado

Los VMP o vehículos de movilidad personal van a necesitar un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que próximamente recogerá una resolución de la Dirección General de Tráfico. Este certificado será obligatorio dos años después desde que se publique la citada resolución. Pere Navarro, director general de Tráfico, ha explicado que esta es una primera regularización de las nuevas formas de movilidad, ya que para el futuro está prevista una nueva normativa que regule más aspectos como la edad para conducirlos, el uso de casco o chalecos reflectantes, etc.

Nuevos límites de velocidad en las ciudades

A partir del 11 de mayo de 2021, cambian los límites genéricos de velocidad en todas las ciudades y travesías de España. En las vías urbanas con un solo carril por sentido, la velocidad máxima será de 30 km/h.

Se han aprobado nuevos límites genéricos de velocidad en ciudades y travesías de toda España. El cambio entra en vigor seis meses después de su aprobación (publicación en el BOE, el 11 de noviembre de 2020) porque se da un plazo de seis meses a la ciudadanía –para que conozca la nueva normativa– y a las administraciones públicas –para que adapten la señalización–. La norma admite excepciones a estos límites si el titular de la vía lo aprueba. 

Los nuevos límites son los siguientes:

  • En vías sin diferencia de altura entre calzada y acera (plataforma única), el límite es de 20 km/h.
  • En vías de un solo carril por sentido, 30 km/h.
  • En vías de dos o más carriles por sentido, 50 km/h.

El objetivo de estos cambios es avanzar hacia un nuevo modelo de ciudad, mejorar la convivencia entre los diferentes usuarios de la vía y reducir el número de muertes que se producen en el ámbito urbano. De acuerdo con los expertos, reducir la velocidad en ciudad de 50 km/h a 30 km/h disminuye cinco veces el riesgo de fallecer debido a un atropello.

Según los datos del Observatorio Nacional de Seguridad Vial de la DGT, en el año 2019, la siniestralidad bajó en las vías interurbanas aproximadamente el 6%. Ese mismo porcentaje es el que aumentó en las vías urbanas, en especial entre los colectivos vulnerables (peatones, ciclistas y motociclistas).

En concreto, el año pasado, 519 personas murieron en un accidente de tráfico en una vía urbana. De ellas, 427 fueron vulnerables, lo que representa el 82% del total (247 peatones, 32 ciclistas, 22 iban en un ciclomotor y 126 eran motoristas).



 

Y más adelante, reforma de la Ley de Tráfico

Se está tramitando una reforma de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, que recoge cambios importantes como el aumento de 3 a 6 los puntos que perderemos si circulamos con el móvil en la mano.

En tramitación

Móvil

Pérdida de 6 puntos en el carné si conducimos con el móvil en la mano (ahora son 3 puntos). Los dispositivos móviles han transformado nuestras costumbres. De hecho, desde 2016, las distracciones son la principal causa de los accidentes de tráfico. Muchas de esas distracciones están provocadas por las aplicaciones de los móviles. En concreto, en 2019, las distracciones causaron el 28% de los accidentes mortales y se llevaron la vida de 359 personas.

Todos seguros

Subirán de 3 a 4 los puntos que perderemos si no utilizamos los sistemas obligatorios de seguridad (cinturón de seguridad, sistema de retención infantil, cascos, etc.) o lo hacemos mal: no llevar correctamente abrochado el cinturón de seguridad o el casco, por ejemplo, también tiene consecuencias negativas para la seguridad. Según los datos de siniestralidad vial del pasado verano de la DGT, el 27% de los fallecidos (28 personas) en turismo y furgoneta no usaba el cinturón de seguridad, el porcentaje más alto de los últimos 10 años.

Anti-radares

Una multa de 200 euros y la pérdida de 3 puntos en el carné de conducir será la penalización por llevar en el vehículo detectores de radares, ya que pasará a ser una infracción grave. Ahora, solo se puede multar si el conductor es interceptado utilizando ese dispositivo, algo bastante complicado porque se suele apagar cuando los agentes de tráfico dan el alto al vehículo. Con este cambio, se sanciona el hecho de llevarlo en el coche.

Al límite

Ni turismos ni motocicletas podrán superar en 20 km/h los límites máximos de velocidad cuando adelanten a otro vehículo en una carretera convencional. Los demás países de la Unión Europea ya han adoptado esta medida. Se pretende enviar el mensaje de que la maniobra de adelantamiento es peligrosa porque conlleva riesgo de colisión frontal. En 2019, en España, 284 personas perdieron la vida en un choque frontal, el 16% del total.

Más puntos

La realización de cursos de conducción segura, certificados por la Dirección General de Tráfico, permitirán recuperar y/o bonificar puntos del carné de conducir. Una futura orden ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que se deben cumplir.

Dos años

Antes de que un conductor sancionado pueda recuperar el saldo inicial, tendrán que pasar 2 años sin ser penalizado por una nueva infracción que conlleve la pérdida de puntos. Ahora este período varía en función de la gravedad de la infracción que se ha cometido.

Sin ayudas

Utilizar dispositivos de comunicación no autorizados en los exámenes de conducir pasa a ser considerado fraude, por lo que estaría cometiéndose una infracción muy grave. Conllevará una multa de 500 euros y no poder presentarse de nuevo al examen hasta que pasen 6 meses.

Rojo y verde

Las empresas de transporte de personas y mercancías podrán acceder al Registro de Conductores para conocer si un trabajador tiene vigente el permiso de conducir. Se informará con un rojo o un verde, en función de si el carné está en vigor o no.