sábado, 26 de abril de 2014

El Consell aprueba el decreto que regula las ayudas a víctimas de violencia contra la mujer ...




  • El Consell ha aprobado el Reglamento para el reconocimiento de indemnizaciones y ayudas económicas a las víctimas de violencia sobre la mujer, previstas en la Ley Integral 7/2012 contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana
  • Con este trámite finaliza el desarrollo reglamentario necesario para dar cumplimiento al derecho a estas ayudas que reconoce la norma autonómica.

La Ley 7/2012 establece en el artículo 55 el Fondo de Emergencias, que contempla ayudas económicas de pago único a las mujeres víctimas de maltrato que carezcan de medios suficientes para atender sus necesidades más urgentes en los casos de emergencia en los que pudieran encontrarse como consecuencia de la violencia (compra de alimentos, pago de alquiler, etc.).

El decreto desglosa las cuantías previstas para estas ayudas, de manera que establece hasta 200 euros para cubrir necesidades básicas, hasta 2.000 euros para necesidades de alojamiento y hasta 500 euros para transporte o desplazamientos, así como un máximo de 2.000 euros para afrontar cualquier otra necesidad que procure la seguridad y protección de las víctimas.
Compatibilidad del fondo de emergencias con otras ayudas
La ley autonómica establece que la Generalitat otorgará estas ayudas económicas inmediatas sin perjuicio de otras ayudas previstas para las víctimas de violencia sobre la mujer.

En este sentido, cabe recordar las "ayudas económicas para mujeres víctimas de violencia de género sin recursos económicos y que tengan especiales dificultades para obtener un empleo" que recoge la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, mediante un fondo del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, que se tramita a través de las comunidades autónomas.

La Conselleria de Bienestar Social ha distribuido en 2013 más de 338.000 euros procedentes del fondo del Ministerio para mujeres de la Comunitat Valenciana beneficiarias de las ayudas que recoge la norma estatal.
Indemnizaciones por causa de muerte
Asimismo, el artículo 16 de la norma autonómica establece el derecho a la indemnización por causa de muerte, y reconoce el compromiso de la Generalitat con las hijas e hijos de las mujeres víctimas y sus ascendientes, mediante una cuantía de pago único que el decreto fija en 6.000 euros. Esta previsión de indemnización tendrá efectos retroactivos a la entrada en vigor de la Ley 7/2012.

Además, el decreto establece que tendrán derecho a la percepción de la cuantía económica de pago único, en caso de víctima mortal de violencia sobre la mujer, las hijas e hijos menores de edad, las hijas e hijos mayores de edad que dependan económicamente de la víctima, las personas tuteladas o acogidas que dependan económicamente de la víctima y en ausencia de los tres casos anteriores, los ascendientes que dependan económicamente de la víctima.

La Conselleria de Bienestar Social destina en 2014 a estas ayudas cerca de 200.000 euros, de los que 120.000 euros son para casos de indemnización por causa de fallecimiento por violencia sobre la mujer y 75.000 euros para el fondo de emergencia contra la violencia sobre la mujer.