- Resultados campaña de vigilancia de la velocidad
- Se ha controlado la velocidad a 735.496 conductores, de los cuales 32.186 superaba los límites permitidos
- Durante la campaña, 2 conductores han sido puestos a disposición judicial por exceder en más de 80km/h la velocidad permitida
- El 67% de los controles se han realizado en carreteras convencionales y travesías
- La velocidad media de los vehículos denunciados en carreteras convencionales ha sido de 114 km/h y de 138 km/h en autovías y autopistas
Durante los siete días que ha durado la
campaña de vigilancia y control de velocidad en las carreteras
españolas, puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico entre el
13 y 19 de abril, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia
Civil han controlado la velocidad a 735.496 vehículos.
Del
total de vehículos controlados, 32.186 conductores resultaron
infractores, y por lo tanto denunciados por exceso de velocidad, lo que
representa el 4,4% del total.
Dos de los conductores denunciados
incurrieron en delito y fueron puestos a disposición judicial por
exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, según se
recoge en el Código Penal.
Debido al alto porcentaje de
accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que
disponen de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los
controles en este tipo de vía tanto con radares estáticos como
dinámicos.
Vehículos
Controlados |
Vehículos
Denunciados |
Velocidad media de los vehículos denunciados
| |
Autovía/ Autopista Vel. Máxima 120 km/h) |
239.688
|
9.347
|
138 km/h
|
Convencional (Vel. Máxima 90-100 km/h) |
439.608
|
19.905
|
114 km/h
|
Travesía (Vel. Máxima 50 km/h) |
56.200
|
2.934
|
71 km/h
|
TOTAL |
735.496
|
32.186
|
Por comunidades autónomas (ámbito DGT)
Comunidades | Veh. Controlados | Veh. Denunciados |
Madrid |
43.865
|
1.630
|
Castilla la Mancha |
94.663
|
2.855
|
Extremadura |
18.628
|
1.011
|
Andalucía |
149.448
|
7.646
|
Valencia |
52.840
|
3.457
|
Murcia |
23.996
|
1.574
|
Baleares |
9.913
|
341
|
Aragón |
43.519
|
1.895
|
Navarra |
11.167
|
464
|
La Rioja |
7.267
|
413
|
Castilla y León |
115.210
|
5.938
|
Asturias |
26.289
|
988
|
Cantabria |
12.158
|
442
|
Galicia |
91.243
|
2.460
|
Canarias |
35.290
|
1.072
|
Total |
735.496
|
32.186
|
A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas
policías autonómicas y locales han realizado en su ámbito de actuación,
colaboración muy importante de modo que se unifica el mensaje de respeto
de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía
por la que se circule.
NORMATIVA
La Ley
de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la
normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad,
velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.
El
incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o
muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, tal y como se
recoge en la siguiente tabla:
Además, el artículo 379 del Código Penal, estipula que "el que
condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en
sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por
hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será
castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de
seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y
uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a
conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y
hasta cuatro años".
Además, el sistema de Permiso por Puntos
contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción
dependiendo del exceso de velocidad cometido. Desde que se puso en
marcha la Ley de Permiso por puntos, más de un 40% de las sanciones y
más de un 48% de los puntos detraídos lo han sido por exceso de
velocidad.