- Ángel recuerda que estas piscinas deben contar con socorristas debidamente formados
- La Generalitat y los ayuntamientos podrán clausurar las instalaciones que no cumplan la normativa
La
Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias ha
remitido a los municipios valencianos un escrito en el que recuerda la
normativa vigente en materia de seguridad en locales abiertos a la
pública concurrencia, incluidas piscinas y parques acuáticos.
La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, que ostenta la competencia de gestión de los espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, insiste en algunos aspectos relacionados con la seguridad de las piscinas y parques acuáticos ante la llegada del periodo estival, fundamentales para cumplir con la legislación y encaminadas a evitar riesgos y accidentes.
De acuerdo con la normativa vigente, las piscinas públicas deben disponer de licencia municipal previa y preceptiva, o en su defecto contar con una declaración responsable. Esto mismo se aplica a las piscinas ubicadas en hoteles, tanto si son abiertas al público en general como si sólo son para huéspedes o inquilinos.
La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, que ostenta la competencia de gestión de los espectáculos, establecimientos públicos y actividades recreativas, insiste en algunos aspectos relacionados con la seguridad de las piscinas y parques acuáticos ante la llegada del periodo estival, fundamentales para cumplir con la legislación y encaminadas a evitar riesgos y accidentes.
De acuerdo con la normativa vigente, las piscinas públicas deben disponer de licencia municipal previa y preceptiva, o en su defecto contar con una declaración responsable. Esto mismo se aplica a las piscinas ubicadas en hoteles, tanto si son abiertas al público en general como si sólo son para huéspedes o inquilinos.
Socorristas y monitores
Además, esta circular
alude a la obligada presencia de socorristas para estas piscinas y para
las de comunidades de propietarios que superen las 100 personas de
aforo. En estos casos, se regula la presencia de uno o más socorristas
según los metros cuadrados, de forma que para aquellas piscinas con una
superficie de lámina de agua de 200 a 500 metros cuadrados deben contar
con uno, aquellas de 500 metros a 1.000 m2 dos y, en el caso de exceder
esta superficie, se deberá contar con un socorrista adicional por cada
500 metros de más.
Estos profesionales deben permanecer en las piscinas o zonas de baño durante todo el horario de funcionamiento y no podrán efectuar ninguna otra actividad que no sea la de vigilancia. Por otro lado, en el caso de los parques acuáticos será obligatoria la presencia de monitores que velarán por la correcta utilización de estas instalaciones.
Esta circular está firmada por el director general de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, José María Ángel, quien ha insistido en el papel fundamental que desempeñan los municipios en esta materia, ya que los "ayuntamientos comparten con la Generalitat la competencia inspectora y sancionadora y pueden prohibir o suspender aquellas actividades que no cumplan la normativa o clausurar locales que supongan un riesgo".
Ángel ha añadido que estos casos son "los menos, pero estamos hablamos de la seguridad de los más pequeños, que son los más vulnerables a sufrir accidentes como ahogamientos, por eso es fundamental implicar a todos y ser escrupulosos con el cumplimiento de la normativa".
Estos profesionales deben permanecer en las piscinas o zonas de baño durante todo el horario de funcionamiento y no podrán efectuar ninguna otra actividad que no sea la de vigilancia. Por otro lado, en el caso de los parques acuáticos será obligatoria la presencia de monitores que velarán por la correcta utilización de estas instalaciones.
Esta circular está firmada por el director general de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, José María Ángel, quien ha insistido en el papel fundamental que desempeñan los municipios en esta materia, ya que los "ayuntamientos comparten con la Generalitat la competencia inspectora y sancionadora y pueden prohibir o suspender aquellas actividades que no cumplan la normativa o clausurar locales que supongan un riesgo".
Ángel ha añadido que estos casos son "los menos, pero estamos hablamos de la seguridad de los más pequeños, que son los más vulnerables a sufrir accidentes como ahogamientos, por eso es fundamental implicar a todos y ser escrupulosos con el cumplimiento de la normativa".