domingo, 8 de marzo de 2015

El Ministerio del Interior presenta una nueva publicación que recoge por primera vez una perspectiva histórica completa de las elecciones locales celebradas en España ...


  • Las Elecciones Municipales en España 1979-2011' recoge una visión de conjunto de los procesos electorales celebrados de forma simultánea en más de 8.100 municipios
  • En los 32 años transcurridos de 1979 a 2011 el censo ha aumentado en un 30,5% al pasar de 26.591.013 millones de electores en 1979 a 34,7 millones en 2011
  • En las elecciones locales celebradas desde 1979 han sido elegidos  entre  65.201 concejales (en 1999) y 68. 230 concejales (en 2011) 
  • En 2011 en los municipios menores de 250 habitantes hay una media de 26 electores por concejal, mientras que en los de 50.001-300.000 hay 3.083 electores por concejal y, en los de más de 300.000 habitantes hay unos 17.000 electores por concejal 
  • Sólo el 0,2 % de los municipios tiene más de 300.000 habitantes, pero en ellos reside más del 20% del electorado

El Ministerio del Interior presenta la nueva publicación ‘Las Elecciones Municipales en España 1979-2011'. Se trata de la primera publicación que abarca la totalidad del periodo democrático de España en lo que a elecciones locales se refiere, ofreciendo una perspectiva histórica completa.

Se trata de la tercera publicación de la serie iniciada en 2013 con "Las Elecciones Generales en España 1977-2011" y continuada, en 2014, por "Las Elecciones al Parlamento Europeo en España 1987-2009". 

Todas ellas han sido elaboradas por el Gabinete de Estudios Electorales de la Dirección General de Política Interior, responsable de la gestión de procesos electorales, con el objetivo de ofrecer a los ciudadanos una panorámica completa de los indicadores electorales más relevantes de los distintos tipos de elecciones celebradas en España.

Con ella se pretende dar una visión de conjunto de un panorama electoral local de naturaleza compleja dada  la diversidad de procesos electorales celebrados de forma simultánea en más de 8.100 municipios.

En este sentido, al ofrecer una visión de conjunto, no se encuentran en este documento de forma exhaustiva  los resultados electorales de todos los municipios en la serie histórica que, por otra parte, ya están disponibles en la URL www.infoelectoral.interior.es. En definitiva, el propósito del mismo es fundamentalmente recopilador, proponiendo una lectura sistemática de los datos electorales locales más relevantes desde 1979 hasta 2011.

La publicación, elaborada por el Gabinete de estudios electorales de la Dirección General de Política Interior del Departamento, incorpora los datos de las dos primeras elecciones locales -1979 y 1983-  a la base de datos digital partiendo de los registros en papel existentes. En este sentido,  abarca la totalidad del periodo democrático de España por lo que a elecciones locales se refiere, ofreciendo una perspectiva histórica completa.

Se trata de una publicación electrónica que se pone a disposición de los ciudadanos, para su consulta o impresión, a través de la página web del Ministerio del Interior, y que contiene información sobre:
  • El marco legal aplicable a los procesos electorales locales.
  • Resultados electorales en elecciones municipales en porcentaje de votos y escaños a nivel nacional y por comunidades autónomas que, a su vez, están subdivididos en provincias, diputaciones provinciales y capitales de provincias.
  • Evolución de la participación y el número de concejales que han obtenido los distintos partidos políticos desde 1979 hasta 2011.
  • Análisis de los datos teniendo en cuenta el factor poblacional.
Datos básicos de las elecciones municipales
Las  elecciones municipales se celebran en más de 8.100 municipios, cabildos y consejos insulares y en otros entes locales de naturaleza distinta al municipio. En 13 comunidades autónomas también coinciden las elecciones locales con las elecciones autonómicas (no se incluyen Andalucía, Cataluña, País Vasco, Galicia).

En las elecciones locales el censo de electores se amplía con el censo electoral de extranjeros residentes en España. Es decir, los extranjeros nacionales de países con acuerdos de reciprocidad pueden votar en estas elecciones.

Fue en las elecciones municipales de 2011 cuando se incorporaron al censo ciudadanos de países con acuerdos de reciprocidad sobre participación en las elecciones municipales: Noruega, Ecuador, Nueva Zelanda, Colombia, Chile, Perú, Paraguay, Islandia, Bolivia y Cabo Verde. En 2015 la lista de países cuyos ciudadanos pueden ejercer su derecho al voto en las elecciones locales se extiende a Corea y Trinidad y Tobago. Por otro lado, la ampliación del censo electoral municipal a los nacionales de países miembros de la Unión Europea ya se hizo posible normativamente a partir 1991 y se reguló en detalle a partir de 1997.

Desde el año 2011, los ciudadanos que no son vecinos del municipio por encontrarse residiendo en el extranjero (censo electoral de residentes ausentes) no tienen derecho de sufragio en la convocatoria de las elecciones municipales aunque sí lo tienen para las elecciones autonómicas cuando estas coincidan con la celebración de las municipales.

De este modo, el censo electoral se amplía con la posibilidad que tienen los extranjeros residentes en nuestro país de votar y al mismo tiempo se reduce con la restricción del derecho de sufragio a los residentes ausentes, esto es, a los españoles que residen en el exterior.

En una imagen de conjunto en los 32 años transcurridos entre las primeras y las últimas elecciones locales el censo total ha aumentado en un 30,5% (en 2011 respecto a 1979). El censo electoral para las elecciones locales de la última convocatoria en 2011 se elevaba a 34,7 millones de personas.

En cuanto a los ciudadanos susceptibles de ser elegidos, también en este caso rige el principio de reciprocidad ya que son elegibles, en las elecciones municipales, todas las personas residentes en España que, sin ser españolas, tengan la condición de ciudadanas de la Unión Europea o que sean nacionales de países que otorguen a los ciudadanos españoles el derecho de sufragio pasivo en sus elecciones municipales,  siempre y cuando reúnan los requisitos exigidos en la LOREG para ser elegibles a los españoles y no estén desprovistos del derecho de sufragio pasivo en su país de origen.

En el año 2011 se eligieron 68.230 concejales. Este número ha fluctuado desde 1979 de forma regular, siendo el año 1999 el año en el que menos concejales se eligieron en su conjunto (65.201).
Radiografía de los municipios según  los tramos de población
La población es el indicador fundamental para conocer el número total de concejales  en cada una de las elecciones municipales. En el estudio se han tenido en cuenta cinco tramos de población y se ha establecido una categoría especial para las grandes urbes, esto es, los municipios con más de 300.000 habitantes. Estos tramos son: de 0 a 250 habitantes, de 251 a 5.000 habitantes, de 5.001 a 20.000 habitantes, de 20.001 a 50.000 habitantes, de 50.001 a 300.000 habitantes y más de 300.000.

El rasgo fundamental es que la mayoría de entidades locales son de pequeño tamaño. En concreto, alrededor del 85% de los municipios españoles no supera los 5.000 habitantes.

El tramo con más municipios siempre ha sido el de 251 a 5.000 residentes: en 1979 unos 5.000 de los casi 8.000 municipios españoles estaban en ese tramo, en 2011 la cifra se ha reducido a algo más de 4.000.

El segundo tamaño de municipio más frecuente en España es el de 1 a 250 habitantes, existiendo 2.609 en 2011. Esto tiene consecuencias relevantes, pues los municipios que tienen una población inferior a los 251 habitantes no emplean un sistema electoral proporcional sino mayoritario.

En los municipios muy pequeños (de 0 a 250 habitantes) cada concejal representa, de media, a 26 electores mientras que en las ciudades mayores de 300.000 habitantes hay entre 17.000 y 20.000 electores por cada concejal.
Fórmula electoral
La fórmula electoral empleada para los municipios de más de 250 habitantes es la proporcional. Para los municipios de 0 a 250 habitantes el sistema electoral es el mayoritario.

Se establece una barrera legal del 5%, esto es, cada candidatura que no haya obtenido al menos el 5% de los votos válidos emitidos en el municipio no será computada en la atribución de escaños o en la asignación de cargos.
Participación electoral
La participación media en España en las elecciones municipales se sitúa entre el 62,5% (1979) y el 69,9% (1995). En la última convocatoria (2011), la participación fue del  66,2 %. Las elecciones municipales son las que menos participación registran, a  excepción de los comicios al Parlamento Europeo, con una tasa de participación todavía menor.