Europa PRESS / Comunidad Valenciana.
El autor del fuego de Bolbaite acepta casi 6 años de cárcel y debe pagar más de 800.000€ en indemnizaciones
El autor reconocido del incendio forestal registrado en Bolbaite (Valencia)
el 15 junio de 2016 ha aceptado este miércoles, en el juicio celebrado
contra él en la Ciudad de la Justicia de València, cumplir una pena de cinco
años y nueve meses de prisión y pagar una multa de 900 euros, a razón de
cinco euros diarios durante seis meses.
Asimismo, el acusado debe abonar una cantidad que supera los 800.000
euros por indemnizaciones a los afectados (367.609,61 euros por daños en
40 fincas rústicas), gastos de extinción del fuego por parte de la
Generalitat (239.503,65) y daño ambiental (225.919,39).
Además, se tendrán que tener en cuenta las indemnizaciones que
correspondan por daños causados en otras propiedades que aún no se han
peritado. En el juicio el procesado ha dicho no tener bienes a su nombre ni
vehículo, ni capacidad económica y ha detallado que vivía con su abuela y
que trabajaba en la huerta.
En la pena impuesta, como ha detallado el juez, se ha tenido en cuenta
como atenuante la situación psíquica del acusado, con un "límite
intelectual" y que confesara los hechos.
El incendio, que tardó en extinguirse seis días, se inició en el término
municipal de Bolbaite y se extendió a los de Chella, Anna, Sumacárcer,
Estubeny, Sellent y Cotes. El fuego afectó a una superficie de 1.535,73
hectáreas de terreno forestal y a 90 hectáreas de terreno no forestal en
dichas localidades. En estas zonas se encuentran dos Lugares de Interés
Comunitario, la 'Cova de la Moneda-Cotes', en la que las llamas afectaron a
una hectárea, y el río Júcar.
Durante el juicio, llevado a cabo en la Sección Segunda de la Audiencia
de València, este hombre ha reconocido ante el juez los hechos que se le
imputan, constitutivos de un delito de incendio forestal, como ya había
hecho anteriormente y, según ha dicho el magistrado, poco después de
haber causado el incendio ante un guardia civil al que confesó ser el autor.
La condena impuesta al acusado es firme, como ha señalado el
presidente de la sala durante el juicio, tras haberse alcanzado un acuerdo
entre la defensa, las acusaciones y la Fiscalía. Esta última pedía en su
calificación imponer al autor del incendio una pena de quince años de
prisión y una multa de 8.100 euros --18 meses con cuota diaria de 15
euros--.
El juicio, en el que únicamente ha comparecido el procesado porque al
lograr una conformidad no ha sido necesaria la declaración de los
afectados ni de los testigos, ha comenzado con la lectura por parte del
presidente de la sala del escrito de acusación de la fiscal. A continuación y
a preguntas del juez, el acusado ha reconocido los hechos que se han
relatado y ha reconocido ser autor del delito que se le imputa.
"SENTENCIA DE CONFORMIDAD"
Tras ello, han intervenido el abogado defensor del procesado, la
representante del ministerio público y el abogado de la Generalitat y han
aceptado el acuerdo alcanzado para condenar al acusado. El juez ha
explicado que en este caso era posible una "sentencia de conformidad"
porque la pena no es superior a seis años de prisión y había aceptación por
parte del condenado.
De este modo, y teniendo en cuenta también que las partes han
rechazado presentar recurso de apelación, el presidente de la sala ha
emitido la "sentencia firme" que ha dado a conocer in voce antes de dar por
concluida la sesión.
El presidente de la sala se ha referido también, al leer la calificación
fiscal, al informe emitido por un facultativo del Instituto de Medicina Legal
de València, en el que se indicaba que el acusado, en prisión provisional
por esta causa desde el 17 de junio de 2016, "presentaba trastorno de
conducta antisocial sin que conste que tuviera anuladas o disminuidas sus
capacidades intelectivas o volitivas".
El juez ha señalado que el acusado tenía una "inteligencia limitada" y una
"edad mental de 12 años" y que era "una persona manipulable". Al
comunicar el fallo, ha precisado que se había tenido en cuenta "la
atenuante por padecer limitación intelectual que afecta a sus facultades
aunque sea levemente" y la de "confesión del hecho delictivo".
Los hechos juzgados, como recoge calificación fiscal y se ha relatado en
el juicio, se remontan al 15 de junio de 2016 cuando, sobre las 19.15 horas
el acusado se encontraba en un barranco poblado de matorral y caña de la
Partida El Prado del término municipal de Bolbaite y con un mechero
prendió fuego. Esta acción provocó un incendio que se inició a las 19.40
horas y que se extendió a la zona de vegetación próxima.
En la extinción de las llamas, que obligaron a desalojar varias viviendas,
intervinieron cuatro aviones y tres helicópteros, 12 brigadas de bomberos
forestales, nueve brigadas de la Diputación, cinco agrupaciones de
bomberos voluntarios, agentes medioambientales y técnicos forestales;
108 efectivos de la Unidad Militar de Emergencias (UME) con distintos
vehículos; seis patrullas del cuerpo de la CIA de Xàtiva (Valencia), Policía
Local y Guardia Civil.
INCIDENCIA "SEVERA"
Miembros de los cuerpos de seguridad sorprendieron al acusado
contemplando la propagación del fuego, que se dio por extinguido a las
20.59 horas del 21 de junio de 2016. El informe emitido por un perito
ecotoxicológico adscrito al Instituto de Medicina Legal señaló que la
incidencia del fuego en los terrenos afectados había sido "severa" y que
había supuesto "un grave riesgo de perjuicio sobre el equilibrio de los
sistemas naturales".