La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una campaña
intensiva de vigilancia del uso del cinturón de seguridad y d elos
sistemas de retención infantil. Esta campaña se desarrollará entre los
días 7 al 13 de septiembre, y contará con la colaboración, además de los
agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, con las
policías locales y autonómicas.
Elemento de seguridad imprescindible
Según
las estadísticas de la DGT, no llevar puesto el cinturón de seguridad
en el coche, es la segunda mayor causa de muerte en carreteras, después
del exceso de velocidad, pero por delante del alcohol y el volante.
según un estudio publicado en el European Transport Safety Council en el
Ranking EU Progress on Car Occupant Safety, en 2012, 900 personas
podrían haber sobrevivido si el 99% de los ocupantes fallecidos hubieran
llevado abrochado el cinturón de seguridad en el momento del accidente.
Si trasladamos estos datos a España, el año pasado, al menos 100
personas hubieran salvado su vida.
Desde la DGT se indica que "en
2014, en vías interurbanas, el 23% (171) de los fallecidos que viajaban
en turismo o furgoneta, no utilizaban el cinturón de seguridad y en las
vías urbanas no lo llevaban 23 de los 76 fallecidos".
Los expertos inciden en la importancia de aborcharse el cinturón y dan contundentes razones:
- A 80 km/h un choque frontal sin llevar puesto el cinturón de seguridad, suele llevar aparejado resultado de muerte o lesiones graves.
- Reduce hasta un 50% determinadas lesiones tanto del conductor como del pasajero en caso de accidente.
- Protege de salir despedido del habitáculo, así como de impactar contra el parabrisas.
- Complementa la eficacia del airbag, ya que este dispositivo por sí solo no es eficaz y ha sido pensado para funcionar de forma complementaria.
- En un impacto frontal, la probabilidad de que un ocupante de los asientos de atrás golpee mortalmente a otro pasajero de los asientos de delante puede ser de hasta 8 veces mayor.
- Reduce hasta cinco veces la posibilidad de resultar herido grave o muerto en accidente en casco urbano si se lleva puesto.
En 2014, 2 de los 14 niños menores de 12 años fallecidos que viajaban en turismo o furgoneta no llevaban ningún dispositivo de seguridad en el momento del accidente, ni 9 de los 82 heridos graves, ni 107 de los 2.724 heridos leves. Estas cifras llevan a la DGT a seguir insistiendo en la responsabilidad de los adultos para transportar a los menores de manera segura y a priorizar la seguridad de los mismos
Durante esta campaña se prestará especial interés que los menores vayan correctamente sentados en sus sistemas de retención infantil, en una semana en la que miles de escolares comienzan nuevo curso y muchos de ellos son trasladados en vehículo privado al colegio.
Asimismo, para conseguir entre todos que ningún niño fallezca en accidente de tráfico por no ir correctamente sentado en su sillita, se incluyó en la reforma de la Ley de Seguridad Vial, la posibilidad que tienen los agentes de Tráfico de inmovilizar el vehículo si se viaja con menores y no se dispone del dispositivo de retención infantil. Igualmente, se ha modificado a norma que regula el uso de los SRI, de modo que desde el 1 de octubre, además de que los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 cm utilicen un sistema de retención infantil homologado y debidamente adaptado a su talla y peso, deberán situarse en los asientos traseros, excepto:
1. Cuando el vehículo no disponga de asientos traserosEn caso de que ocupen los asientos delanteros, siempre deben ir con el sistema de retención adecuado a su peso y talla y si el vehículo dispone de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.
2. Cuando todos los asientos traseros estén ya ocupados por otros menores de las mismas características
3. Cuando no sea posible instalar en dichos asientos todos los sistemas de retención infantil.
Los sistemas de retención infantil se instalarán en el vehículo siempre de acuerdo con las instrucciones que haya facilitado el fabricante, en las que se indicarán de qué forma y en qué tipo de vehículos se pueden utilizar de forma segura.
Pulsa en el siguiente enlace para descargar el Real Decreto 667/2015